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Documento BOE-B-2003-226048

Anuncio de la Consejería de Industria y Empleo del Gobierno del Principado de Asturias por el que se somete a información pública de la solicitud de declaración de impacto ambiental, autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, de las modificaciones, en Asturias y Cantabria, de la línea de transporte de energía eléctrica, a 400 kV, simple circuito, denominada "Soto de Ribera-Penagos". Expediente: AT-4613.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 20 de septiembre de 2003, páginas 7718 a 7782 (65 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-B-2003-226048

TEXTO

A los efectos de lo previsto en la Ley 54/1997,

de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico ; en los

artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre, por el que se regulan las

actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización

de instalaciones eléctricas, y en el artículo 15 del

Reglamento para la ejecución del Real Decreto

Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de

Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la

Ley 6/2001, de 8 de mayo, aprobado por Real

Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, se somete

al trámite de información pública la solicitud, de

declaración de impacto ambiental, autorización

administrativa y declaración, en concreto, de utilidad

pública de las instalaciones eléctricas que se

describen a continuación, efectuada por Red Eléctrica

de España, S. A.

Por ser una línea interprovincial perteneciente a

la Red Nacional de transporte de energía eléctrica,

la competencia para su autorización corresponde

a la Administración General del Estado. En este

expediente, la Consejería de Industria y Empleo

realiza la tramitación en Asturias, mientras que en

Cantabria la realiza el Área de Industria y Energía de

la Delegación del Gobierno.

Denominación: Modificaciones en la línea de

transporte de energía eléctrica a 400 kV Soto de

Ribera (Asturias)-Penagos (Cantabria) y variantes

consiguientes de la línea a 400 kV Soto de

Ribera-Lada, de la línea a 220 kV Siero-Puente de San

Miguel II, de la línea a 132 kV Urdón-Puentes de

San Miguel y de la línea a 400 kV Aguayo-Penagos.

Descripción: Las variantes que se contemplan son

las siguientes:

1. Modificación de la línea eléctrica a 400 kV

Soto de Ribera-Penagos, entre el apoyo n.o 1 y el

apoyo n.o 6, que consiste en la compactación, en

apoyos de doble circuito, con la línea eléctrica a

400 kV Soto de Ribera-Lada, con una longitud de

1,592 kilómetros, cuyo trazado no tiene variación

respecto al proyecto original de la línea eléctrica

Soto de Ribera-Penagos, modificándose

exclusivamente la ubicación y tipo de los apoyos, afectando

al término municipal de Ribera de Arriba (Asturias).

2. Variante de la línea eléctrica a 400 kV Soto

de Ribera-Penagos, denominada de Oviedo, que

consiste en la modificación de su trazado entre los

apoyos 6 al 36, con una longitud de 13,431

kilómetros en simple circuito, afectando a los términos

municipales de Oviedo, Ribera de Arriba, Langreo,

Noreña y Siero (Asturias).

3. Variante de la línea eléctrica a 400 kV Soto

de Ribera-Penagos, denominada de Nava, que

consiste en la modificación de su trazado entre los

apoyos 78 y 85.

Igualmente se modifica la configuración del apoyo

n.o 5 de la variante, que pasa a tener una disposición

vertical de los conductores. En parte de dicha

variante (1,771 kilómetros de los 3,946 kilómetros que

tiene la variante) la línea a 400 kV Soto de

Ribera-Penagos, se compacta, en apoyos de doble

circuito, con la línea a 220 kV Siero-Puente de San

Miguel II. Esta variante afecta a los términos

municipales de Nava y Cabranes (Asturias).

4. Variante de la línea eléctrica a 400 kV Soto

de Ribera-Penagos, denominada de Cangas de Onís,

que consiste en la modificación de su trazado entre

los apoyos 139 al 181, con una longitud de 21,620

kilómetros en simple circuito, afectando a los

términos municipales de Parres, Cangas de Onís y

Onís (Asturias).

5. Variante de la línea eléctrica a 400 kV Soto

de Ribera-Penagos, denominada de Peñamellera

Alta, que consiste en la modificación de su trazado

entre los apoyos 205 y 208, con una longitud de

1,985 kilómetros en simple circuito, afectando al

término municipal de Peñamellera Alta (Asturias).

6. Variante de la línea eléctrica a 400 kV Soto

de Ribera-Penagos, denominada de Peñamellera

Baja, que consiste en la modificación de su trazado

entre los apoyos 228 y 247, con una longitud de

8,805 kilómetros. Entre los apoyos números 7 y

15 de la citada variante (4,544 kilómetros de los

8,805 kilómetros), se compacta en apoyos de doble

circuito, con la línea a 220 kV Siero-Puente de San

Miguel II. Esta variante afecta a los términos

municipales de Peñamellera Baja, en Asturias y Herrerías,

en Cantabria.

7. Variante de la línea eléctrica a 400 kV Soto

de Ribera-Penagos, denominada de Cabezón de la

Sal, que consiste en la modificación de su trazado

entre los apoyos números 300 y 309, con una

longitud de 4,544 kilómetros Una parte del trazado

(384 metros de los 4,544 kilómetros) se compacta,

en apoyos de doble circuito, con la línea a 132

kV Urdón-Puente de San Miguel, propiedad de

Electra de Viesgo. Esta variante afecta a los términos

municipales de Mazcuerras y Cabezón de la Sal

(Cantabria).

8. Variante de la línea eléctrica a 400 kV Soto

de Ribera-Penagos, denominada de Penagos, que

consiste en la modificación de su trazado entre el

apoyo n.o 350 y el parque de 400 kV de la

subestación de Penagos, con una longitud de 16,087

kilómetros Una parte del trazado (7,209 kilómetros de

los 16,087 kilómetros) se compacta, en apoyos de

doble circuito, con la línea a 400 kV

Aguayo-Penagos. Esta variante afecta a los términos

municipales de Puente Viesgo, Castañeda, Santa María

de Cayón y Penagos (Cantabria).

Características técnicas:

Tramos de la línea eléctrica Soto de

Ribera-Penagos (Asturias y Cantabria): Línea aérea trifásica

a 400 kV sobre torres metálicas de celosía, de simple

circuito o compactada, en apoyos de doble circuito,

con otra línea eléctrica, según los tramos, con tres

conductores por fase, tipo Rail Aw y cable de tierra

tipo 7N7 Awg y compuesto tierra-óptico tipo

OPGW51-65Z, con cadenas de aisladores de vidrio

templado U-2 10, cimentaciones con zapatas

individuales de hormigón armado y puestas a tierra en

cada torre con anillos cerrados de acero

descarburado.

Tramo de la línea eléctrica Soto de Ribera-Lada,

compactada con la línea Soto de Ribera-Penagos

(Asturias): Línea aérea trifásica a 400 kV sobre

torres metálicas de celosía, de doble circuito,

compactada con un tramo de la línea eléctrica a 400

kV Soto de Ribera-Penagos, con dos conductores

por fase tipo Cardinal, cadenas de aisladores de

vidrio templado U-160 y resto de características

como las de la línea Soto de Ribera-Penagos.

Tramos de la línea Siero-Puente San Miguel II,

compactada con la línea Soto de Ribera-Penagos

(Asturias): Línea aérea trifásica a 220 kV sobre

torres metálicas de celosía, de doble circuito,

compactada con un tramo de la variante de Nava y

con otro tramo de la variante de Peñamellera Baja,

ambas de la línea eléctrica a 400 kV Soto de

Ribera-Penagos, con dos conductores por fase tipo

Cardinal, cadenas de aisladores de vidrio templado

U-160 y resto de características como la de la línea

Soto de Ribera-Penagos.

Tramo de la línea eléctrica Urdón-Puente de San

Miguel, compactada con la línea Soto de

Ribera-Penagos (Cantabria): Línea aérea trifásica a 132 kV

sobre torres metálicas de celosía, de doble circuito,

compactada con un tramo de la línea eléctrica a

400 kV Soto de Ribera-Penagos, con un conductor

por fase tipo Hawk, cadenas de aisladores de vidrio

templado E-100 y resto de características como las

de la línea Soto de Ribera-Penagos.

Tramo de la línea eléctrica Aguayo-Penagos,

compactada con la línea Soto de Ribera-Penagos

(Cantabria): Línea aérea trifásica a 400 kV sobre torres

metálicas de celosía, de doble circuito, compactada

con un tramo de la línea eléctrica a 400 kV Soto

de Ribera-Penagos, con dos conductores por fase

tipo Cardinal, cadenas de aisladores de vidrio

templado U-160 BS y resto de características como

las de la línea Soto de Ribera-Penagos.

Objeto: La línea eléctrica a 400 kV Soto de

Ribera-Penagos, junto con la ampliación de la

subestación de Penagos de 400 kV, son necesarias para

el buen funcionamiento del sistema eléctrico en el

Norte de España, suponiendo además un importante

refuerzo de la Red de Transporte a escala nacional.

Este nuevo eje de transporte de energía eléctrica

posibilitará la utilización de los recursos energéticos

de Asturias, garantizará el abastecimiento al País

Vasco y la alimentación al mercado de Cantabria

directamente desde la red de transporte a 400 kV,

a través del nodo principal de dicha red de transporte

en dicha Comunidad Autónoma, cubriendo el déficit

existente, tanto en Santander capital, como en su

periferia industrial, lo que supone un significativo

aumento de la fiabilidad y calidad de la alimentación,

posibilitando el adecuado crecimiento de demanda

para impedir la existencia de desequilibrios

regionales en las oportunidades de desarrollo económico

y dotará, de esta forma, a ambas Comunidades,

de un nivel de infraestructura eléctrica que permita

corregir diferencias de equipamiento con otras

Comunidades.

A su vez posibilitará el futuro apoyo del mallado

para la incorporación a la red de transporte de la

evacuación de la energía que se producirá con

motivo de la puesta en servicio de la proyectada central

de ciclo combinado de 800 MW a instalar en

Requejada o Torrelavega.

La citada línea eléctrica fue autorizada mediante

Resoluciones de la Dirección General de la Energía

del Ministerio de Industria y Energía de fechas 26

de octubre de 1990 y 17 de noviembre de 1993

(B.O.E. de 26-11-90 y 31-12-93) y declarada, en

concreto, de utilidad pública mediante Acuerdo del

Consejo de Ministros de fecha 13 de enero de 1995

(B.O.E. de 10-3-95). Por Resolución de la Dirección

General de la Energía del Ministerio de Industria

y Energía de fecha 19 de enero de 1999 (B.O.E.

de 26-2-99) fueron autorizadas un total de siete

variantes (cinco en Asturias y dos en Cantabria)

las cuales fueron declaradas de utilidad pública

mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de

fecha 31 de marzo de 2000 (B.O.E. de 10-5-2000).

El Proyecto de ejecución, con las variantes

integradas, fue aprobado por Resolución de la Dirección

General de Política Energética y Minas del

Ministerio de Economía de fecha 28 de junio de 2000.

Con fecha 1 de abril de 2002, la Sección 3.a de

la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Tribunal Supremo dictó sentencia anulando el Acuerdo

del Consejo de Ministros de 31 de marzo de 2000

por el que se declaraba la utilidad pública de las

modificaciones al trazado, basado en que no se

realizó el procedimiento de Evaluación de Impacto

Ambiental y, en consecuencia, se han de tramitar

una vez más dichas variantes ya autorizadas

sometiéndolas al procedimiento de E.I.A., trámite que

se inicia con esta publicación.

Términos municipales afectados:

En Asturias: Oviedo, Ribera de Arriba, Siero,

Noreña, Langreo, Nava, Cabranes, Parres, Cangas

de Onís, Onís, Peñamellera Alta y Peñamellera Baja.

En Cantabria: Mazcuerras, Cabezón de la Sal,

Puente Viesgo, Castañeda, Santa María de Cayón

y Penagos.

Presupuesto: El presupuesto total de este

Proyecto, asciende a la cantidad de dieciséis millones

ochocientos ochenta y ocho mil seiscientos treinta euros

(16.888.630 euros).

La declaración, en concreto, de utilidad pública,

en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de

la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, y en el artículo 149.1 del referido Real

Decreto 1955/2000, llevará implícita, en todo caso,

la necesidad de ocupación de los bienes o de

adquisición de los derechos afectados e implicará la

urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la

Ley de Expropiación Forzosa.

Lo que se hace público para conocimiento general,

y especialmente de los propietarios y demás titulares

afectados por la instalación, cuya relación se inserta

al final de este anuncio, así como los que siendo

titulares de derechos reales o intereses económicos

sobre los bienes afectados pudieran haber sido

omitidos, para que en el plazo de veinte días, contados

a partir del siguiente al de la publicación de este

anuncio, pueda ser examinado el Proyecto de

Ejecución de la instalación y el Estudio de Impacto

Ambiental en el Servicio de Autorizaciones

Energéticas de la Dirección General de Minería, Industria

y Energía de la Consejería de Industria y Empleo

del Principado de Asturias, sita en Plaza de

España, 1, 3.a planta, 33007-Oviedo, o en el Área de

Industria y Energía de la Delegación del Gobierno

en Cantabria, sita en la calle Vargas, 53,

planta 1.a 39071 Santander y formularse, por duplicado,

en el referido plazo, cualesquiera alegaciones que

se consideren oportunas, incluidas las procedentes,

en su caso, por razón de lo dispuesto en el artículo

161 del citado Real Decreto 1955/2000, así como

aportar por escrito los datos oportunos para

subsanar posibles errores en la relación indicada.

Asimismo, la presente publicación se realiza a

los efectos de notificación previstos en el apartado

4.o del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y de Procedimiento

Administrativo Común, según la redacción dada a dicho

artículo por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de

modificación de la misma.

En Oviedo, a 11 de agosto de 2003.-El Consejero

de Industria y Empleo, Graciano Torre

González.-42.648.

SIGUEN IMÁGENES (Ver páginas 7720 a 7782)

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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