Este Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por Club
de Inversiones Inmobiliarias e Interiorismo, S. L.
e Instituto Oftalmológico de Alicante, S. L., contra
resolución del Tribunal Económico-Administrativo
R e g i o n a l d e V a l e n c i a e n r e c l a m a c i ó n
n.o 03/3568/95, Acuerda: Declararlo inadmisible
por extemporáneo.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este Edicto.
Madrid, 2 de septiembre de 2003.-Alejandro
Rebollo Álvarez-Amandi.-&41.849.
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