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Documento BOE-B-2003-236110

Anuncio de la Subdirección General de Inspección y Control, de la Dirección General de Desarrollo Industrial e Incentivos Regionales, por el que se notifica el acuerdo de declaración de incumplimiento de un expediente de incentivos regionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2003, páginas 8177 a 8177 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2003-236110

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el

artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, por el presente edicto se

pone en conocimiento de la empresa Indutex

Aielo, S.A.L., titular del expediente V/318/P12 (E.I.

216/02 ), que por Orden del Ministerio de Economía

de fecha 31/07/2003 (BOE de 10/09/2003), se ha

resuelto declarar el incumplimiento de condiciones

del expediente citado, con obligación de reintegrar

la subvención percibida que asciende a 0,00 euros,

más el interés legal correspondiente, así como, en

su caso, el resto de los beneficios concedidos que

haya disfrutado. Se reproduce a continuación el

texto íntegro de dicha Orden, detallándose después

los datos contenidos en el anexo de la misma

correspondientes a este expediente:

"A las Empresas relacionadas en el anexo de esta

Orden, al no haber acreditado en tiempo y forma

el cumplimiento de las condiciones vinculantes

establecidas en las resoluciones de concesión de las

subvenciones, se les instruyeron los oportunos

expedientes de incumplimiento, de acuerdo con lo

dispuesto en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de

diciembre.

En la instrucción de los expedientes se han

observado las formalidades legales, habiéndose concedido

a las empresas afectadas los plazos preceptivos para

el cumplimiento de los trámites de formulación de

alegaciones y de audiencia previstos en el

artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y en

el artículo 35 del Real Decreto 1535/1987, de 11

de diciembre, modificado por Real

Decreto 302/1993, de 26 de febrero, y por Real

Decreto 2315/1993, de 29 de diciembre.

De las actuaciones resulta probado que los

titulares de las subvenciones no han acreditado haber

cumplido en tiempo y forma las obligaciones que

contrajeron en la aceptación de las condiciones de

los incentivos.

Este Ministerio, al amparo de lo dispuesto en

la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, y su reglamento

de desarrollo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre;

en el Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio,

modificado por el Real Decreto 1099/2002, de 25 de

octubre, y demás disposiciones de aplicación, así

como los informes de la Dirección General de

Desarrollo Industrial e Incentivos Regionales, tiene

a bien disponer:

Artículo único.-Se declara el incumplimiento de

las condiciones establecidas para el disfrute de los

incentivos regionales otorgados a las Empresas

relacionadas en el anexo de esta Orden. En

consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones

concedidas en proporción al alcance del incumplimiento

según se detalla en el anexo, debiéndose publicar

la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado

conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la

Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar

la notificación de la misma a los interesados.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía

administrativa, los interesados podrán interponer

potestativamente recurso de reposición ante el Excmo.

Sr. Ministro de Economía, en el plazo de un mes,

contado a partir del día siguiente al de la

notificación, o bien, recurso contencioso-administrativo

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de

la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses,

contados desde el día siguiente a la notificación

de la misma."

Datos del anexo:

Expte.: V/318/P12.

Titular: Indutex Aielo, S.A.L.

Cantidad percibida: 0,00 euros.

Alcance del incumplimiento: 100%.

Subvención concedida: 92.612,06 euros.

Subvención procedente: 0 euros.

Cantidad a reintegrar: 0 euros.

Madrid, 23 de septiembre de 2003.-El

Subdirector General de Inspección y Control.-43.364.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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