El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión,
interpuesto por don Ezequiel Sánchez Zaragoza,
contra acto no identificado de la Dependencia
Regional de Recaudación de la Delegación de Las
Palmas de Gran Canaria de la Agencia Tributaria
en materia de procedimiento recaudatorio seguido
por el concepto Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, acuerda: Declararlo inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 22 de septiembre de 2003.-El Vocal Jefe
de la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-44.157.
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