De conformidad con lo dispuesto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, la Subdirección General de
Inspección y Control notifica al interesado que a
continuación se cita, titular de un expediente de
beneficios de incentivos regionales, la comunicación
que ha resultado infructuosa en el domicilio que
figura en el correspondiente expediente.
Titular: "Poliamidas Aluminios
Peñarroya-Pueblonuevo, S.A.".
Número de expediente: CO/592/P08 Fecha
resolución individual: 01 de abril de 2002 Condiciones
incumplidas: condiciones particulares 2.4
(disponibilidad de un nivel de autofinanciación) y 2.5
(realización de, al menos, el 25% de las inversión
aprobada) En consecuencia, de comprobarse la
veracidad de estos incumplimientos, dará lugar a que
se declare al beneficiario decaído en sus derechos,
con la consiguiente pérdida de la subvención y
archivo del expediente.
Se comunica a la empresa que, en aplicación de
lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992,
se pone de manifiesto el expediente en este Centro
Directivo, sito en Madrid, calle María de Molina,
50, planta 2 previa petición de hora a los teléfonos
915450804 ó 915450923, de lunes a viernes de
9 a 14 horas, y se le concede un plazo de quince
días, para que presente las alegaciones, documentos
y justificantes que estime pertinentes a su derecho,
antes de redactar la propuesta de resolución.
Madrid, 30 de septiembre de 2003.-El
Subdirector General de Inspección y Control.-44.355.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid