Visto el expediente incoado en esta Delegación
Provincial, a petición de "Cía. Sevillana de
Electricidad, con domicilio en calle paseo de la Estación,
27 (Jaén), solicitando autorización para el
establecimiento de una instalación eléctrica, y cumplidos
los trámites reglamentarios ordenados en el Título
IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del
Sector Eléctrico.
En relación con las alegaciones formuladas, en
el período de información pública, por los
propietarios afectados, y en concreto, por doña Manuela
Guerrero Martínez, manifiesta la existencia de una
vivienda en finca número 23 y muestra su
disconformidad si la instalación implica peligro para las
personas; circunstancias que se ha tenido en cuenta
por "Cía. Sevillana de Electricidad, Sociedad
Anónima", conforme a normativa en vigor, doña
Purificación Gómez La Mayor, solicita que no se
conceda la autorización y se modifique al proyecto en
su trazado desviándolo a los linderos o, en su caso,
se haga subterránea. No se motiva el cambio de
trazado al reunir la línea las mejores condiciones
técnicas, D. Andrés Fonta López, alega que en su
día y de mutuo acuerdo se le afectaba 51 metros
y no 90; no obstante revisada la afección se detecta
que la misma se ha incrementado, revisión sometida
a autorización administrativa.
Examinado el expediente por la Dirección
Provincial de la Consejería de Obras Públicas y
Transportes manifiesta los siguientes condicionados:
1. Condicionado técnico:
1.o Las obras e instalaciones se ejecutarán sobre
la base del proyecto presentado y de acuerdo con
las siguientes prescripciones complementarias:
La distancia del apoyo número 5 a la arista
exterior de la calzada más próxima deberá ser, como
mínimo, vez y media la altura del poste (treinta
y seis metros), según se establece en el artículo
94.c del Reglamento General de Carreteras (Real
Decreto 1812/94, de 2 de septiembre).
Se entiende que la arista exterior de la calzada
es el borde exterior de la parte de la carretera
destinada a la circulación de vehículos en general.
2.o La altura sobre la calzada de los conductores
más bajos, en las condiciones de flecha más
desfavorables, será la indicada en los planos del
proyecto y, en ningún caso, inferior a siete (7) metros.
2. Condicionado legal.
1.o Al amparo de lo establecido en el Capítulo
III.-Uso y Defensa de la Carretera, de la Ley
25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, el promotor,
y para la obra a ejecutar en la zona de afección
de la carretera, debe requerir la previa autorización
de la Consejería de Obras Públicas y Transportes,
sin perjuicio de otras competencias concurrentes,
siguiendo el procedimiento establecido en la Sección
6Régimen Jurídico de Autorizaciones Fuera de
los Tramos Urbanos, del Reglamento General de
Carreteras (Real Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre).
2.o El promotor deberá depositar una fianza
como garantía de la buena ejecución de las obras.
Esta Delegación Provincial ha resuelto:
Autorizar a "Cía. Sevillana de Electricidad,
Sociedad Anónima" para el establecimiento de la
instalación eléctrica cuyas principales características
técnicas son las siguientes:
Finalidad: Dotar a la periferia de Torreperogil
de una nueva alimentación e doble circuito, desde
mejor servicio a la zona. Expte. AT.8452.
Caracteristicas de la instalación:
Línea Aérea:
Tensión: 25 kV.
Longitud: 2.078 metros.
Origen: CTA. Fábrica de Harinas.
Final: CTA. Seccionamiento Polígono Industrial
de Torreperogil.
Conductor: LA-110 (Al-Ac de 116,2 milímetros
cuadrados de sección total).
Término Municipal afectado: Torreperogil.
Presupuesto en pesetas: 15.945.648.
Línea subterránea:
Tensión: 25 kV.
Longitud: 81 metros.
Origen: Apoyo número 10.
Final: CTA. Fábrica de Harinas.
Cable subterráneo: DHZ-10L 18/30 KV,
1 x 150-Al + H16.
Términos Municipales afectados: Torreperogil.
Presupuesto en pesetas: 2.157.057.
Declarar en concreto la utilidad publica de la
instalación eléctrica que se autoriza, a los efectos
señalados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del
Sector Eléctrico.
Esta instalación no podrá entrar en servicio
mientras no cuenta el peticionario de la misma con la
aprobación de su proyecto de ejecución, previo
cumplimiento de los trámites que se señalan en el
Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de
octubre.
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa, el interesado podrá recurrir en alzada ante
el excelentísimo señor Consejero, bien directamente
o bien a través de esta Delegación Provincial, en
el plazo de un mes, computado a partir del día
siguiente al de la notificación de la presente
Resolución, en virtud de lo establecido en los artículos
48, 114 y 115 de la Ley antes citada.
Jaén, 30 de septiembre de 2002.-El Delegado
Provincial, Juan de Dios Alcázar Serrano.-1.476.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid