Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha 7 de Febrero de 2000, se aprueba
el Proyecto de construcción arriba indicado y se
ordena a esta Demarcación la incoación del
expediente de expropiación forzosa de los bienes y
derechos afectados por las obras de ejecución del
proyecto aprobado.
Por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha
7 de Diciembre de 2001 se declara de urgencia
la ocupación de los bienes por la expropiación
forzosa a que dé lugar la construcción de la mencionada
obra. La tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al
procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52
de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954 y concordantes de su
Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el Art. 98 de la
LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.a
y 3.a de su Art. 52, ha resuelto convocar a los
propietarios que figuran en la relación que se hará
pública en el Boletín Oficial de la Provincia de
Zaragoza, y que se encuentra expuesta en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Zaragoza, así como
en el de esta Demarcación de Carreteras, para que
asistan al levantamiento de las Actas Previas a la
Ocupación el día 5 de Noviembre de 2003 de 10:00
a 14:00 horas en el Ayuntamiento de Zaragoza.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en el diario "Heraldo de Aragón"
y en el "Boletín Oficial del Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los Arts. 17.2, 18 y 19.2 de la LEF para
que en el plazo de quince días (que, conforme
establece el Art. 56.2 del Reglamento de Expropiación
Forzosa podrán prorrogarse hasta el momento en
que se proceda al levantamiento de las citadas actas
previas a la ocupación), los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras (C/ Capitán Portolés, 1-3-5, 5.a planta,
50071-Zaragoza) alegaciones a los solos efectos de
subsanar posibles errores que se hayan producido
al relacionar los bienes afectados por la urgente
ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Zaragoza, 1 de octubre de 2003.-El Ingeniero
Jefe de la Demarcación, Rafael López
Guarga.-47.105.
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