La Empresa Electra de Viesgo Distribución, S.L.,
con domicilio social en la C/ El Medio, 12, de
Santander, ha solicitado ante la Dirección General
de Industria, de la Consejería de Industria, Trabajo
y Desarrollo Tecnológico, la autorización
administrativa y la declaración en concreto de utilidad
pública de la instalación eléctrica siguiente: "LAMT y
CTI Camping Mazandredo". En cumplimiento de
los trámites que establece el artículo 10 del Decreto
6/2003, la solicitud mencionada ha sido sometida
a un período de información pública, mediante el
anuncio publicado en el Boletín Oficial de
Cantabria, número 115, de 17 de junio de 2003, en
el Boletín Oficial del Estado, número 209, de 1
de septiembre de 2003, y en el periódico "Alerta",
de 24 de junio de 2003. Paralelamente al trámite
de información pública se ha practicado la
notificación individual a los titulares afectados para que
puedan formular las alegaciones procedentes, así
como al Ayuntamiento de Hermandad de Campoo
de Suso. Dentro del plazo otorgado ha presentado
alegaciones don Julio González Gutiérrez que
propone que se realice por la orilla de la carretera,
aprovechando la línea eléctrica que por allí discurre.
La beneficiaria, en su escrito de 28 de julio de 2003,
manifiesta que la línea a la que se refiere el alegante
es de baja tensión y no de media tensión como
la que se pretende construir, no estando preparada
para dar la prestación que se pretende, al no poder
soportar la tensión de servicio de 12 kv. Cumplidos
los trámites administrativos establecidos en la Ley
54/1997, en el Título VII del Real Decreto
1955/2000, en el Decreto 6/2003, en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás normas de legal
y vigente aplicación. Visto que de acuerdo con lo
que dispone el Real Decreto 1903/1996, de 2 de
agosto, y el Decreto 99/1996, de 26 de septiembre,
la competencia para autorizar instalaciones
eléctricas provinciales corresponde a la Dirección General
de Industria. Visto el informe favorable del Servicio
de Energía, resuelvo:
Primero. Autorizar a la empresa Electra de Viesgo
Distribución, S.L., la instalación eléctrica "LAMT
y CTI Camping Mazandredo", con las características
técnicas siguientes: Línea eléctrica: Tensión: 20 kV,
aunque inicialmente funcionará a 12 kV. Longitud:
242 metros. Conductor: Tipo Al-Ac, LA-56. Origen:
Apoyo n.o 6, derivación a Mazandredo. Final:
Apoyo n.o 2, nuevo CTI. Centro de transformación:
Denominación: Camping Mazandredo. Tipo:
Intemperie. Potencia: 100 kVA. Relación de
transformación: 12000/420-242 V. Situación: Término
municipal de Hermandad de Campoo de Suso.
Segundo. Declarar la utilidad pública de la
instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo
dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley
54/1997, de 27 de noviembre, que llevará implícita
en todo caso, la necesidad de ocupación o de
adquisición de los derechos afectados de los propietarios
con los que el solicitante no ha llegado a un acuerdo
e implicará su urgente ocupación a los efectos del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de
16 de diciembre de 1954. Contra esta Resolución,
que no pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada ante el Consejero de
Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico del
Gobierno de Cantabria en el plazo de un mes desde
el día siguiente a su notificación, de acuerdo con
lo establecido en los artículos 114 y siguientes de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santander, 29 de septiembre de 2003.-El Director
General de Industria, Pedro Obregón
Cagigas.-46.698.
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