Contido non dispoñible en galego
El Director General de Carreteras, con fecha
de 20 de octubre de 2003, resolvió fijar
provisionalmente la línea límite de edificación, en ambas
márgenes de la carretera N-634 entre los puntos
kilométricos 411,300 y 412,110, en la población
de Santa Marina de Piedramuelle (Oviedo), a las
distancias grafiadas en el plano de alineaciones del
correspondiente estudio aprobado de delimitación
de tramos urbanos de octubre de 2003.
Las edificaciones consolidadas deben cumplir con
las ordenanzas del P.G.O.U. de Oviedo vigente, sin
que de la aprobación de la línea límite de edificación
indicada pueda derivarse incremento alguno del
aprovechamiento urbanístico que tuviesen atribuido
las fincas colindantes con la carretera a la entrada
en vigor de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de
Carreteras, o en virtud del correspondiente
planeamiento urbanístico.
Asimismo, la referida Dirección General ha
ordenado que el Estudio de Delimitación de este tramo
urbano sea expuesto a información pública
conforme a lo previsto en los artículos 85.4 y 124.3 del
Reglamento General de Carreteras (Real Decreto
1.812/1994, de 2 de septiembre).
Esta Demarcación, siguiendo lo indicado, abre
un período de treinta días hábiles, a contar desde
el siguiente a la fecha de publicación de este anuncio
en el "Boletín Oficial del Estado", durante el cual
se encontrarán expuestos al público ejemplares del
referido Estudio en sus oficinas centrales (Plaza de
España, 3, de Oviedo) y en el Ayuntamiento de
Oviedo, a fin de que cualquier persona física o
jurídica pueda formular las alegaciones que estime
pertinentes.
Oviedo, 6 de noviembre de 2003.-El Ingeniero
Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado
en Asturias, Agustín Falcón Bascarán.-50.443.
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