La Dirección General de MUFACE ha resuelto
con fecha 23 de Octubre de 2003, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999 y al no haberse podido practicar la
notificación de requerimiento de pago de la Resolución
de la Dirección General de MUFACE de fecha
15 de julio de 2003 por 361,29 euros a D. Ricardo
Guisasola Iglesias, heredero de D.a M.a del Monte
Iglesias Martín, con domicilio C/ Margaritas, 2 (4
Interior) de Madrid, en concepto de Pensiones del
Fondo Especial abonas indebidamente a la causante,
que se inserte en el Boletín Oficial del Estado y
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su
último domicilio, la notificación de requerimiento
de pago a dicho interesado, advirtiéndole que, a
tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del
Reglamento de Mutualismo Administrativo, aprobado
por R.D. 375/2003, de 28 de marzo, B.O.E. del
11 de abril de 2003, se le conceda un plazo de
quince días para prceder al abono de la cantidad
adeudada mediante su ingreso en la cuenta
n.o 0200007334, abierta en el Banco de España
a nombre de MUFACE "Fondo Especial".
Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido
al indicado ingreso, se dará curso al certificado de
descubierto y se procederá a la recaudación en vía
ejecutiva.
Contra la presente Resolución, que no pone fin
a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Ministerio de Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes a partir de la fecha
de su publicación.
Madrid, 30 de octubre de 2003.-El Director
General, Isaías López Andueza.-51.021.
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