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De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 59.4 de la Ley de 30/1992, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se notifica a los
interesados que a continuación se relacionan, titulares
de expedientes de beneficios de incentivos
regionales, grandes áreas de expansión industrial y polos
de desarrollo industrial, las comunicaciones que han
resultado infructuosas en los domicilios que figuran
en los correspondientes expedientes:
A) Notificación de inicio de expediente de
incumplimiento de condiciones en un expediente
de incentivos regionales:
Titular: "Auximet, Sociedad Anónima". Número
de expediente: C/301/P05 (E.I. 110/02). Fecha de
inicio de expediente de incumplimiento: 22 de
noviembre de 2002. Fecha de la resolución
individual: 18 de febrero de 1998. Condiciones
incumplidas: Acreditación del cumplimiento de las
obligaciones fiscales, acreditación del cumplimiento de
las obligaciones frente a la Seguridad Social y fondos
propios.
Asimismo se comunica a la empresa citada
anteriormente que el expediente está a su disposición
en la Dirección General de Desarrollo Industrial
e Incentivos Regionales, calle María de Molina, 50,
planta 2.a, de Madrid, previa petición de hora al
teléfono 91 545 08 03, de lunes a viernes, de nueve
a catorce horas, y se le concede un plazo de quince
días para que alegue y presente los documentos
y justificantes que estime pertinentes a su derecho.
B) Notificación de trámite de audiencia en un
expediente de decaimiento de derechos de
incentivos regionales:
Titular: "Dosel y Mobiliario, Sociedad
Cooperativa Valenciana". Número de expediente:
V/348/P12. Fecha de resolución individual: 8 de
mayo de 2001. Expediente de decaimiento de
derechos por no haberse acreditado el cumplimiento
de las condiciones particulares 2.4 (nivel de
autofinanciación) y 2.5 (porcentaje de inversión) de la
resolución individual.
Se comunica a la empresa citada anteriormente
que en aplicación de lo establecido en el
artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, se pone
de manifiesto el expediente en este Centro
Directivo, sito en Madrid, calle María de Molina, 50,
planta 2.a, previa petición de hora al
teléfono 91 545 08 04, de lunes a viernes, de nueve
a catorce horas, y se le concede un plazo de quince
días, para que presente las alegaciones, documentos
y justificantes que estime pertinentes a su derecho,
antes de redactar la propuesta de resolución.
C) Notificación de acuerdo de declaración de
incumplimiento de condiciones en un expediente
de incentivos regionales: Por Orden del Ministerio
de Economía de 25 de noviembre de 2002 ("Boletín
Oficial del Estado" de 17 de diciembre de 2002),
se ha resuelto declarar el incumplimiento de
condiciones del expediente CA/448/P08, cuyo titular
es la empresa "D.F.M. Tubería y Calderería,
Sociedad Limitada". Se reproduce a continuación el texto
íntegro de dicha Orden, detallándose después los
datos contenidos en el anexo de la misma
correspondientes a este expediente:
"A las Empresas relacionadas en el anexo de esta
Orden, al no haber acreditado en tiempo y forma
el cumplimiento de las condiciones vinculantes
establecidas en las resoluciones de concesión de las
subvenciones, se les instruyeron los oportunos
expedientes de incumplimiento, de acuerdo con lo
dispuesto en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de
diciembre.
En la instrucción de los expedientes se han
observado las formalidades legales, habiéndose concedido
a las empresas afectadas los plazos preceptivos para
el cumplimiento de los trámites de formulación de
alegaciones y de audiencia previstos en el
artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y en
el artículo 35 del Real Decreto 1535/1987, de 11
de diciembre, modificado por el Real
Decreto 302/1993, de 26 de febrero y por Real Decreto
2315/1993, de 29 de diciembre.
De las actuaciones resulta probado que los
titulares de las subvenciones no han acreditado haber
cumplido en tiempo y forma las obligaciones que
contrajeron en la aceptación de las condiciones de
los incentivos.
Este Ministerio, al amparo de lo dispuesto en
la Ley 50/1985, de 27 de diciembre y su reglamento
de desarrollo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
por el Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio,
modificado por el Real Decreto 1099/2002, de 25
de octubre, y demás disposiciones de aplicación,
así como los informes de la Dirección General de
Desarrollo Industrial e Incentivos Regionales, tiene
a bien disponer:
Artículo único.-Se declara el incumplimiento de
las condiciones establecidas para el disfrute de los
incentivos regionales otorgados a las Empresas
rela
cionadas en el anexo de esta Orden. En
consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones
concedidas en proporción al alcance del incumplimiento
según se detalla en el anexo, debiéndose publicar
la presente Orden en el "Boletín Oficial del Estado"
conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la
Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar
la notificación de la misma a los interesados.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía
administrativa, los interesados podrán interponer
potestativamente recurso de reposición ante el
excelentísimo señor Ministro de Economía, en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente al
de la notificación, o bien, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo
de dos meses, contados desde el día siguiente a
la notificación de la misma."
Datos del anexo:
Expte: CA/448/P08. Titular: "D.F.M. Tubería y
Calderería, Sociedad Limitada".
Cantidad percibida: 0 euros. Alcance del
incumplimiento: 100 por 100. Subvención concedida:
133.763,72 euros. Subvención procedente: 0 euros.
D) Notificaciones de finalización de expedientes
de grandes áreas de expansión industrial y polos
de desarrollo industrial.
Titular: "Coromina Agefko-Tikko, Sociedad
Anónima" (CATISA). Número de expediente:
H/394/AA. Acuerdo de concesión: 3 de octubre
de 1986.
Titular: "Gráficas Sorima, Sociedad Anónima".
Número de expediente: MA/19/AA.
Acuerdo de concesión: 7 de diciembre de 1978.
Titular: "Coop. Sind. de Carpintería y Ebanistería
Ciudad del Tajo". Número de expediente:
MA/292/AA. Acuerdo de concesión: 23 de enero
de 1985.
Titular: "Invers Mueble Sociedad Anónima".
Número de expediente: SE/28/AA. Acuerdo de
concesión: 7 de diciembre de 1978.
Titular: "Asociación Agarimo". Número de
expediente: AG/103. Acuerdo de concesión: 2 de junio
de 1977.
Titular: "Montañas de Trevinca, Sociedad
Anónima". Número de expediente: AG/269. Acuerdo
de concesión: 2 de junio de 1978.
Titular: "Perotti de Confecciones, Sociedad
Anónima". Número de expediente: SO/3/CL. Acuerdo
de concesión: 31 de julio de 1981.
Titular: "Manufacturas Nogueira, Sociedad
Anónima". Número de expediente: 3/73. Acuerdo de
concesión: 9 de octubre de 1964.
Titular: "Manufacturas Nogueira, Sociedad
Anónima". Número de expediente: 3/157. Acuerdo de
concesión: 22 de diciembre de 1967.
Titular: "Eduardo Alonso Rodríguez, La Papelera
General". Número de expediente: 7/80. Acuerdo
de concesión: 2 de julio de 1964.
Por Acuerdo de la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos de 26 de septiembre
de 2002 se ha declarado la prescripción de acciones
y derechos de la Administración de los expedientes
anteriormente reseñados, según se dispone en la
parte dispositiva de dicho acuerdo, cuyo texto
íntegro se encuentra a disposición de las empresas
titulares en la Dirección General de Desarrollo
Industrial e Incentivos Regionales, calle María de
Molina, 50, planta 2.a, de Madrid, previa petición de
hora al teléfono 91 545 08 04, de lunes a viernes,
de nueve a catorce horas.
Se comunica asimismo a estas empresas que
contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse, alternativamente, recurso
potestativo de reposición ante la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos, dentro del
plazo de un mes, contado desde el siguiente día al
de su notificación, o bien, interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo, dentro del plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente al de su notificación.
Madrid, 22 de enero de 2003.-El Subdirector
general de Inspección y Control, Rafael Cortés
Sánchez.-2.582.
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