La Dirección General de Muface ha resuelto, con
fecha 20 de noviembre de 2003, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y al no haberse podido
practicar la notificación de requerimiento de pago de
la Resolución de la Dirección del Servicio Provincial
de MUFACE en Las Palmas de Gran Canaria, de
fecha 4 de septiembre de 2001, por abonos
indebidos del Subsidio de Incapacidad Temporal, por
el mutualista D. Honorio Lobato Santana, con
domicilio en Comandante Franco, 16, 35200 Telde (Las
Palmas de Gran Canaria), que se inserte en el
Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Edictos
del Ayuntamiento de su último domicilio, la
notificación de requerimiento de pago,
advirtiéndole que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 39
del Reglamento General del Mutualismo
Administrativo, se le concede un plazo de quince días
para proceder al abono de la cantidad adeudada,
646,60 euros euros, mediante ingreso en la cuenta
número 9000-0001-20-020000698-7 abierta en Banco de
España.
Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido
al indicado ingreso, se dará curso al certificado de
descubierto y se procederá a la recaudación en vía
ejecutiva.
Contra la presente Resolución que no pone fin
a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Ministerio de Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes a partir del día
inmediato a la fecha de su publicación.
Madrid, 25 de noviembre de 2003.-El Director
general, Isaías López Andueza.-53.287.
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