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Documento BOE-B-2003-291146

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se declara, en concreto, de utilidad pública la conversión a 220 KV de la línea eléctrica aérea existente a 132 KV, simple circuito, "La Mudarra-La Olma", en la provincia de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 2003, páginas 10352 a 10353 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2003-291146

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Servicio

Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Junta

de Castilla y León en Valladolid, a instancia de

"Red Eléctrica de España Sociedad Anónima", con

domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid),

paseo del Conde de los Gaitanes 177, solicitando

la declaración, en concreto, de utilidad pública de

la modificación de la línea eléctrica que se cita.

Resultando que la conversión a 220 KV de la

línea eléctrica aérea "La Mudarra-La Olma" fue

autorizada por Resolución de la Dirección General

de Política Energética y Minas de fecha 19 de

diciembre de 2002.

Resultando que sometida a información pública

la petición de "Red Eléctrica de España Sociedad

Anónima" de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre, por el que se regulan las actividades de

transporte, distribución, comercialización,

suministro y procedimientos de autorización de

instalaciones de energía eléctrica, se han presentado

alegaciones por Doña María Jesús Cernuda Gervás, Doña

María Luisa Gervás Cernuda, Doña Juliana Martín

Álvarez, Don Félix Nicolás Valentín Herrero, Doña

Candelas Lobo González, Doña María del Rocío

González Lobo, Don Jesús González Lobo y Doña

María de los Ángeles Prieto Martín.

Resultando que solicitado informe a los

organismos y corporaciones que pudieran verse afectados

por la modificación de la instalación no se deduce

oposición a la modificación proyectada, habiendo

sido aceptados o aclarados por "Red Eléctrica de

España Sociedad Anónima" los condicionados

impuestos y las alegaciones formuladas.

Resultando que en las alegaciones presentadas por

Doña María Jesús Cernuda Gervás, Doña María

Luisa Gervás Cernuda, Doña Juliana Martín Álvarez

y Doña María de los Ángeles Prieto Martín se pone

de manifiesto errores en las titularidades de bienes

y derechos publicados y su calificación.

Resultando que en las alegaciones presentadas por

Don Félix Nicolás Valentín Herrero se manifiesta

que:

Hay errores en las titularidades de las fincas que

figuran en las publicaciones.

Solicita el traslado del expediente para realizar

las alegaciones que procedan.

Resultando que en las alegaciones presentadas por

Doña Candelas Lobo González, Doña María del

Rocío González Lobo y Don Jesús González Lobo

se manifiesta que:

Hay errores en las titularidades de las fincas.

Proponen que los tendidos eléctricos sean

enterrados, o que se realicen por zonas cercanas a veredas,

caminos o carreteras, para evitar que se pierdan

zonas de cultivos.

Resultando que por parte de "Red Eléctrica de

España Sociedad Anónima" son contestadas las

referidas alegaciones, manifestando que:

1.o Con respecto a las alegaciones presentadas

por Doña María Jesús Cernuda Gervás, Doña María

Luisa Gervás Cernuda, Doña Juliana Martín

Álvarez, y Doña María de los Ángeles Prieto Martín.

Se toma razón de los posibles errores en lo relativo

a la titularidad de las parcelas afectadas y su

calificación.

2.o Con respecto a las alegaciones presentadas

por Don Félix Nicolás Valentín Herrero:

Se toma razón de los posibles errores en lo relativo

a la titularidad de la parcela afectada.

El proyecto ha sido sometido a información

pública, publica, pudiendo haber examinado en cualquier

momento el mismo, de conformidad con el artículo

144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

3.o Con respecto a las alegaciones presentadas

por Doña Candelas Lobo González, Doña María

del Rocío González Lobo y Don Jesús González

Lobo:

Se toma razón de los posibles errores que aparecen

en la relación de bienes y derechos publicada.

La servidumbre de la actual línea eléctrica a 132

KV la Mudarra-La Olma es preexistente ya que la

modificación proyectada mantiene el trazado actual,

ubicando los nuevos apoyos en los mismos

emplazamientos de los apoyos antiguos.

Resultando que el Proyecto de la modificación

de la instalación y su Estudio de Impacto ambiental

han sido sometidos al procedimiento de Evaluación

de Impacto Ambiental, según las normas

establecidas en el Reglamento de Evaluación de Impacto

Ambiental aprobado por Real Decreto 1131/1988,

de 30 de septiembre, habiendo sido formulada la

correspondiente Declaración de Impacto Ambiental

mediante Resolución de fecha 14 de Agosto de 2002

de la Secretaría General de Medio Ambiente del

Ministerio de Medio Ambiente, en la que se

determina la viabilidad ambiental del trazado proyectado

por "Red Eléctrica de España Sociedad Anónima".

Visto el informe favorable emitido por el Servicio

Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la

Junta de Castilla y León en Valladolid.

Considerando que con la modificación de la

tensión se refuerza el suministro a 220 KV,

garantizando el apoyo a la subestación de la Olma

(Valladolid) y se incrementa el mallado a 220 KV en

la zona de Valladolid. Considerando que se han

cumplido los trámites reglamentarios que se

establecen en el título VII del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre, por el que se regulan las

actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización

de instalaciones de energía eléctrica.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la

conversión a 220 KV de la línea eléctrica aérea

existente a 132 KV, simple circuito, denominada

"La Mudarra-La Olma", cuyo recorrido afecta a la

provincia de Valladolid, a los efectos previstos en

el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el Excelentísimo Señor

Secretario de Estado de Energía, Desarrollo Industrial

y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo

de un mes, de acuerdo con lo establecido en la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el

artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado.

Madrid, 10 de noviembre de 2003.-La Directora

General, Carmen Becerril Martínez.-53.011.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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