Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha 27 de octubre de 2003, se aprueba
el proyecto de construcción arriba indicado.
Por Resolución de fecha 27 de octubre de 2003,
se ordena a esta Demarcación la incoación del
expediente de expropiación forzosa de los bienes y
derechos afectados por las obras de ejecución del
proyecto aprobado.
Es de aplicación el art. 8.1 y 2 de la Ley 25/88,
de 29 de julio, de "Carreteras", según la redacción
dada al mismo por el art. 77 de la Ley 24/01,
de 7 de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y de Orden Social, a cuyo tenor se declara
de urgencia la ocupación de los bienes por la
expropiación forzosa a que da lugar la construcción de
la mencionada obra. La tramitación del
correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar,
por tanto, al procedimiento de urgencia previsto
en los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y
concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación haciendo uso
de las facultades que le otorga el art. 98 de la LEF
y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.a y 3.a de
su art. 52, ha resuelto convocar a los propietarios
que figuran en las relaciones que se harán públicas
en los boletines oficiales de las provincias de
Valencia, y que se encuentran expuestas en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Requena, así como
en el de esta Demarcación de Carreteras, para que
asistan al levantamiento de las Actas previas a la
Ocupación en el lugar, día y hora que a continuación
se indica:
Término municipal: Requena.
Lugar: Ayuntamiento de Requena.
Día: 16 de diciembre de 2003.
Hora: 11.00.
Fincas: 1 (polígono 86, parcela 22); 2
(polígono 86, parcela 54); 3 (polígono 86, parcela 53).
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los diarios "Levante" y "Las
Provincias" y en el Boletín Oficial de la Provincia
de Valencia.
Esta última publicación a tenor de lo dispuesto
en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos de los afectados que
sean desconocidos y aquellos de los que se ignore
su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de los bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los arts. 17.2, 18 y 19.2 LEF, para que
en el plazo de quince días (que, conforme establece
el art. 56.2 del Reglamento de Expropiación
Forzosa, podrán prorrogarse hasta el momento que se
proceda al levantamiento de las citadas actas previas
a la ocupación), los interesados podrán formular,
por escrito, ante esta Demarcación de Carreteras,
C/ Joaquín Ballester, 39, 46071 Valencia,
alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hayan producido al relacionar los bienes
afectados por la urgente ocupación los planos
parcelarios y la relación de interesados y bienes
afectados podrán ser consultados en las dependencias
antes citadas.
En Valencia, 24 de noviembre de 2003.-Ismael
Ferrer Domingo, Ingeniero Jefe de la Demarcación
de Carreteras de la Comunidad Valenciana.-54.996.
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