Subasta Notarial
Antonio José Martínez Lozano, Notario de
Bilbao, hago saber:
Que en cumplimiento de mandamiento judicial
del Juzgado de lo Social número 5 de Bilbao, en
el procedimiento 676/01, Ejecución 161/01, se va
a proceder a la venta, con mi intervención, de
determinadas acciones que luego se detallan, y a tal fin
se convoca a pública subasta, la cual tendrá lugar
en mi despacho en la calle Gran Vía de Don Diego
López de Haro, 46, 2.o derecha, de Bilbao, el
próximo día 23 de Diciembre de 2003, a las dieciocho
horas, con arreglo a las siguientes condiciones:
1. Bienes a subastar: 6.200 acciones de
Kvaerner Eureka Española, Sociedad Anónima
numeradas correlativamente del 1 al 6.200 ambos inclusive.
Dichas acciones están pignoradas en documento
público a favor de un tercero.
2. El precio de salida de este lote se fija en
256,45 euros por acción, adjudicándose las acciones
el mejor postor por el procedimiento de pujas a
la llana.
3. Para participar en la subasta, personalmente
o debidamente representado, a salvo los derechos
de los ejecutantes, (los cuales no deberán consignar
cantidad alguna), habrá de entregarse previamente
a la subasta, en este despacho, cheque bancario
por el veinte por ciento del precio de salida del
lote.
Dichos cheques serán devueltos en el acto a quien
no resulte adjudicatario.
4. De no ofrecerse el precio de salida o por
cualquier otra causa no adjudicarse los bienes, se
convoca a otra subasta sin precio de salida, en el
mismo lugar y fecha a las diecinueve horas.
5. El adjudicatario deberá abonar el precio de
remate dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a la subasta, y en caso de no hacerlo perdería
las cantidades depositadas.
6. Serán a cargo del adjudicatario los gastos
de anuncios, impuestos, aranceles y cualquier otro
que se genere como consecuencia de la subasta.
7. Sólo los ejecutantes podrán adjudicarse los
bienes en calidad de ceder el remate a terceros.
8. Las personas interesadas en conocer detalles
sobre los bienes que se subastan o sobre el
procedimiento de subasta, podrán dirigirse,
personalmente, a la Notaría y recabar dicha información
(que sólo se dará a quien, a juicio del Notario,
acredite un interés legítimo). Esta información será
personal y oral y no se facilitarán datos por teléfono
ni por ningún otro medio de comunicación a
distancia.
Bilbao a, 9 de diciembre de 2003.-Don Antonio
José Martínez Lozano.-55.543.
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