Contido non dispoñible en galego
El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión,
interpuesto por don José Cid Escoda, contra
resolución del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Cataluña de 27 de febrero de 2001
(reclamación número 43/01116/00), en asunto
relativo a providencia de apremio, acuerda: Declararlo
inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 15 de enero de 2003.-El Vocal Jefe de
la Sección Undécima, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-&3.172.
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