El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión,
interpuesto por don José Anontio Sánchez
Bellavista, contra resolución del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña de 16 de
noviembre de 2000, (reclamación número 25/00551/00),
sobre embargo de cuenta, acuerda: Declararlo
inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 15 de enero de 2003.-El Vocal Jefe de
la Sección Undécima, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-&3.174.
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