Se comunica a los partícipes del Fondo de
Inversión "Banesto Garantizado Renta Fija, FIM" (en
trámites de cambio de denominación a "Banesto
Capital 105, FIM"), que se va a modificar la
comisión de reembolso de acuerdo con lo que a
continuación se establece: A partir del día 15 de marzo
de 2003 se establece una comisión de reembolso
del 5 por 100. Dicha comisión no será de aplicación
durante el periodo que medie entre la fecha de
finalización de una garantía y la fecha de inicio de
la siguiente, ambas inclusive, que en su caso se
establezcan.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
35.2 del Real Decreto 1393/1990, estas
modificaciones confieren a los partícipes un derecho de
separación, quienes podrán optar, en el plazo de un
mes desde la fecha de publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" o desde la fecha de remisión
de las comunicaciones si fuera posterior, por el
reembolso de sus participaciones sin deducción de
comisión ni gasto alguno, por el valor liquidativo que
corresponda a la fecha de inscripción de las
correspondientes modificaciones en los Registros de la
CNMV.
Madrid, 4 de febrero de 2003.-El Vicesecretario
del Consejo de Administración de "Santander
Central Hispano Gestión, Sociedad Anónima, Sociedad
Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva",
Antonio Faz Escaño.-4.018.
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