Por Resolución de fecha 20 de noviembre de 2001
del Director general de Obras Públicas se aprobó
provisionalmente el proyecto básico "31-A-1622(2).
Acceso a la playa de El Campello desde la N-332
en el enlace San Juan-Alicante". En el "Boletín
Oficial del Estado" número 34, de fecha 8 de febrero
de 2002, y en el "Diario Oficial de la Generalitat
V a l e n c i a n a " n ú m e r o 4 1 9 2 , d e f e
-cha 18 de febrero de 2002, se publicaron los
anuncios en virtud de los cuales se abría el trámite de
información pública a los efectos de lo dispuesto
en la legislación vigente. Habiendo dictado en
fecha 27 de septiembre de 2002 la Directora general
de Planificación y Gestión del Medio la Declaración
de Impacto Ambiental del Proyecto de referencia.
En virtud de las atribuciones asignadas por el
Decreto 210/2001, de 18 de diciembre, del
Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el reglamento
Orgánico y Funcional de la Conselleria de Obras
Públicas, Urbanismo y Transportes, a la vista del
informe emitido por la División de Carreteras, con
los efectos señalados en el artículo 22 de la
Ley 6/1991 de la Generalitat Valenciana de 27 de
marzo, de Carreteras de la Comunidad Valenciana,
y del artículo 123 del Real Decreto 1098/2001,
de 12 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento General de la ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, así como por delegación de
la Orden del Conseller de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes de 11 de enero de 2001
("Diario Oficial de la Generalitat Valenciana" número
3.919) resuelvo:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto
básico 31-A-1622(2). Acceso a la playa de El
Campello desde la N-332 en el enlace San Juan-Alicante.
Segundo.-Visto lo dispuesto en el artículo 20 y
siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo, de
Carreteras de la Generalitat Valenciana, razones de
interés público aconsejan la publicación de esta
Resolución de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de
modificación de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Contra la presente resolución que agota la vía
administrativa podrá interponerse con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el Director
general de Obras Públicas en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999
de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número
12, del 14). No obstante lo dispuesto en el párrafo
anterior, la presente resolución podrá ser impugnada
directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Valencia, mediante la
interposición del correspondiente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente al de la publicación
de la misma o, en su caso, de la resolución expresa
del recurso potestativo de reposición, de
conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la
Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin
perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier
otro recurso que estime procedente.
Valencia, 18 de diciembre de 2002.-El Director
general de Obras Públicas, Pedro Marco
Segura.-3.522.
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