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Visto el expediente incoado en esta Delegación
Provincial, por "Compañía Sevillana de Electricidad,
Sociedad Anónima", en solicitud de autorización
de la instalación eléctrica que se reseña a
continuación y declaración, en concreto de utilidad
pública de la misma, y cumplidos los trámites
reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de
noviembre del Sector Eléctrico, y la sección I del
capítulo II, y el capítulo V, del título VII del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Visto asimismo que los afectados no han
presentado alegaciones dentro de los plazos
reglamentariamente establecidos, o bien han convenido
libremente con el titular de los necesarios bienes y
derechos, la adquisición por mutuo acuerdo de los
mismos, en virtud de lo establecido en el
artículo 151.o del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Esta Delegación Provincial, a propuesta de la
sección correspondiente y de acuerdo con la Resolución
de 17 de enero de 2001, de la Dirección General
de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan
determinadas competencias en materia de
instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales
de la citada Consejería ha resuelto:
Primero.-Autorizar el establecimiento de la
instalación eléctrica referenciada, cuyas características
principales se describen a continuación:
Peticionario: "Compañía Sevillana de
Electricidad, Sociedad Anónima".
Domicilio: Avenida de la Borbolla, 5.
Finalidad de la instalación: Alimentar en 132 kV
la nueva subestación "Los Llanos".
Línea eléctrica:
Origen: Apoyo número 77 de la línea aérea 132
kV "Santiponce-Guillena".
Final: Subestación "Los Llanos".
Término municipal afectado: Salteras.
Tipo: Aérea Longitud en Km: 0,577.
Tensión en servicio: 132 kV.
Conductores: LA-280.
Apoyos: 2, Metálicos galvanizados.
Aisladores: U-100-BS.
Presupuesto euros: 95.836,11.
Referencia: R.A.T.: 101879; Expediente: 227161.
Segundo.-Declarar en concreto la utilidad
pública, implicando ésta la urgente ocupación, según lo
establecido en los artículos 53.o y 54.o de la
Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector
Eléctrico, y a los efectos señalados en el capítulo V,
del título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.
Con las condiciones especiales siguientes:
1. Esta instalación, no podrá entrar en servicio
mientras no cuente el peticionario de la misma con
la correspondiente autorización de explotación, que
será emitida por esta Delegación Provincial, previo
cumplimiento de los trámites que se señalan en el
artículo 132.o del Real Decreto 1955/2000.
2. Esta autorización se otorga a reserva de las
demás licencias o autorizaciones necesarias de otros
Organismos, y sólo tendrá validez en el ejercicio
de las competencias atribuidas a esta Delegación.
3. La Administración dejará sin efecto la
presente Resolución en cualquier momento en que se
observe el incumplimiento de las condiciones
impuestas en ella. En tales supuestos, la
Administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización con todas las
consecuencias de orden administrativo y civil que se
deriven, según las disposiciones legales vigentes.
Contra la presente Resolución, que no pone fin
a la vía administrativa, podrá interponer recurso
de alzada, ante la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, en el plazo de un mes contado
a partir del día de su notificación, de conformidad
con lo establecido en el artículo 107.1 de la
Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 4 de febrero de 2003.-El Delegado
provincial, Antonio Rivas Sánchez.-&5.286.
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