El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en la reclamación
económico-administrativa, interpuesta por la Fundación Familia, Ocio
y Naturaleza, contra liquidación practicada por la
Delegación de Economía y Hacienda de Madrid,
en concepto de reintegro de subvención, acuerda
declararla inadmisible por ser incompetente para
concederla, y remitir las actuaciones al Tribunal
Económico Administrativo Regional de Madrid para
que conozca de las mismas.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advitiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 10 de febrero de 2003.-El Vocal Jefe
de la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-&5.820.
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