Este Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
"Proimbar, Sociedad Anónima", contra acuerdo del
Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Cataluña, de fecha 22 de noviembre de 2001,
dictado en la reclamación número 08/501/01 en
materia de procedimiento de apremio, acuerda
desestimarlo, confirmando los actos recurridos.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advitiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 10 de febrero de 2003.-El Vocal Jefe
de la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-&5.825.
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