Para los propietarios colindantes y los interesados
desconocidos o ausentes que se hallan afectados
por el expediente de deslinde mencionado, y cuya
notificación personal ha resultado infructuosa, se
procede a notificar el trámite de vista o audiencia
en dicho expediente de deslinde, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (LRJ y PAC) sobre
notificaciones a interesados cuando éstos sean
desconocidos o ausentes o se ignore su domicilio.
Por orden de la Dirección General de Costas,
se comunica lo siguiente:
Se tramita en esta Dirección General el expediente
sobre el asunto de referencia.
De conformidad con el artículo 84 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se
concede un plazo de diez días, para que, dentro
del mismo pueda examinar el expediente y presentar,
también dentro de este mismo plazo, los escritos,
documentos y pruebas que estime conveniente.
El expediente se hallará en la Subdirección
General de Gestión del Dominio Público
MarítimoTerrestre, de esta Dirección General de Costas
(despacho A-604, plaza de San Juan de la Cruz, sin
número, Madrid). Una copia del expediente podrá
ser examinada en la Demarcación de Costas de
este Ministerio en Murcia.
Lo que se comunica por si desea hacer uso de
este trámite de vista o audiencia que se le concede.
Murcia, 21 de febrero de 2003.-El Jefe de la
Demarcación de Costas en Murcia, Salvador Barnés
Mora.-7.581.
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