1. Antecedentes
Con fecha 14 de diciembre de 1999 la Secretaría
de Estado de Infraestructuras y Transportes aprobó
técnicamente el "Estudio Informativo del Proyecto
de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La
Mancha-Comunidad Valenciana-Región de
Murcia. Tramo Madrid-Albacete/Valencia".
El Estudio Informativo fue sometido al trámite
de Información Pública, mediante publicación de
anuncio en el B.O.E de 17 de diciembre de 1999
y posterior rectificación de erratas en B.O.E. de
4 de febrero de 2000, de acuerdo con lo establecido
en la L.O.T.T. y en el real Decreto Legislativo
1302/86 de Evaluación de Impacto Ambiental
(modificado por Real Decreto Ley 9/2000).
El Estudio Informativo tiene por objeto la
definición y análisis de las distintas alternativas de
proyecto que justificadamente pueden plantearse para
el tramo Madrid-Albacete/Valencia de la nueva
Línea de Alta Velocidad.
Estas alternativas han de satisfacer dos objetivos
complementarios:
Comunicaciones radiales en Alta Velocidad
Madrid-Castilla La Mancha-Mediterráneo.
Comunicaciones en Alta Velocidad a lo largo del
tramo central del eje Mediterráneo.
El Estudio se estructura en tres partes
diferenciadas; pero complementarias entre sí:
Estudios de trazado, se realizan para el tramo
Madrid-Albacete/Valencia.
Estudio de Impacto Ambiental para los mismos
tramos que los estudios de trazado.
Estudio de Demanda y Rentabilidad, que
corresponde al sector Mediterráneo completo (incluye
también los accesos a Alicante/Elche y a la Región
de Murcia), pues conceptualmente no puede
realizarse este análisis por tramos separados.
Las soluciones desarrolladas para el sector
completo, (en el Estudio solo se incluyen los trazados
y estudios ambientales del tramo
Madrid-Albacete/Valencia) son las siguientes:
Solución A. La conexión Madrid-Valencia se
realiza partiendo de la línea de alta velocidad
Madrid-Barcelona, pasando por Cuenca, Motilla,
Requena y Buñol. En el entorno de Motilla se
produce la bifurcación hacia Albacete, desde donde
continua, hasta el enlace de La Encina la línea que
conecta con Alicante y Murcia. Además se hace
necesario el tramo La Encina-Valencia para atender
las relaciones del Corredor Mediterráneo.
Solución B. La conexión Madrid-Valencia se
desarrolla partiendo de la línea Madrid-Sevilla y
tras atravesar La Mancha, desde San Clemente se
dirige hacia el embalse de Contreras, donde prosigue
por el mismo trazado que el acceso a Valencia por
Buñol de la solución anterior. Desde san Clemente
parte el trazado de conexión con Albacete que, a
su vez, permite acceder a Alicante y Murcia pasando
por La Encina. Además se hace necesario el tramo
La Encina-Valencia para atender las relaciones del
Corredor Mediterráneo.
Solución C. El trazado Madrid-Valencia es
pasante por Albacete y La Encina, desarrollándose, en
paralelo con la línea actual de ancho convencional
de RENFE. En La Encina se produce el enlace
con los accesos a Alicante y Murcia.
Solución D. En esta solución el trazado
Madrid-Valencia es pasante por Cuenca, Albacete
y La Encina. Se trata en realidad de una
combinación de la Solución A (el tramo entre Madrid
y Albacete) y de la solución C (entre Albacete y
las capitales mediterráneas).
Solución E. Resulta de añadir a la solución C
una variante Albacete-Valencia por Alcalá del Júcar
y Buñol, para acortar la conexión de la capital
levantina con Madrid y Albacete.
Solución F. Resulta de añadir a la solución C
una variante Albacete-Murcia por Cieza, a fin de
acortar los recorridos Madrid-Murcia y
Albacete-Murcia.
Como resultado del proceso de Información
Pública se recibieron 38.342 escritos que contienen
68.274 firmas.
De las alegaciones presentadas durante el proceso
de información pública se dedujo la falta de
viabilidad, por razones de impacto ambiental y de
limitaciones de futuro para la explotación ferroviaria,
del trazado concreto considerado en dicho estudio
entre Madrid y Cuenca, en las soluciones A y D.
Por ello se redactó el "Documento
Complementario relativo al Subtramo Madrid-Cuenca al
Estudio Informativo del Proyecto de la Línea de Alta
Velocidad Madrid-Castilla La
Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo
Madrid-Albacete/Valencia" en el cual se define y
analiza la Solución Variante de A de acuerdo con
el mismo esquema seguido con el resto de soluciones
del Estudio Informativo. En dicho Documento
Complementario se procede al análisis comparativo
de la Solución A y de la Solución Variante de A
(para no repetir las consideraciones ya efectuadas
en el Estudio Informativo inicial y evitar así
redundancias innecesarias centrando el análisis en los
elementos diferenciales).
Con fecha 15 de septiembre de 2000 la Secretaría
de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente
el "Documento Complementario relativo al
Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio Informativo del
Pro
yecto de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla
La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de
Murcia. Tramo Madrid-Albacete/Valencia", siendo
sometido dicho documento Complementario a
Información Pública, mediante publicación de
anuncio en el B.O.E de 19 de septiembre de 2000.
Una vez finalizado el procedimiento de
información pública, reunidos en Murcia el día 8 de enero
de 2001, el Ministro de Fomento D. Francisco
Álvarez Cascos, y los presidentes de las Comunidades
Autónomas de Madrid, Valencia, Castilla-La
Mancha y Murcia, acordaron con relación al trazado
del AVE que afecta a sus respectivos territorios,
considerar como base de la solución definitiva del
mismo, la propuesta sometida a información pública
por el Ministerio de Fomento en el BOE de 19
de septiembre de 2000.
Es decir la Solución Variante de A incluida en
el "Documento Complementario relativo al
Subtramo Madrid-Cuenca al Estudio Informativo del
Proyecto de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla
La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de
Murcia. Tramo Madrid-Albacete/Valencia", que
modificaba para el Subtramo: Madrid-Cuenca la
Solución A del Estudio Informativo inicial que fue
sometido a información pública entre los meses de
diciembre de 1999 y abril de 2000.
En abril de 2001, se remitió el expediente a la
Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, solicitando
la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental
para todo el tramo: Madrid-Albacete/Valencia.
Con fecha 17 de diciembre de 2001, y al objeto
de que la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente
dispusiera de una mayor información para poder
realizar la Declaración de impacto Ambiental se remitió
a dicho organismo la fase 1/5.000 del "Estudio
Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia" en el cual está incluido el Subtramo:
Motilla del Palancar-Valencia.
En concreto para el tramo Motilla del
Palancar-Valencia la solución desarrollada a escala
1/5.000 se separa del tronco común al Oeste de
Motilla del Palancar para girar hacia el Este,
discurriendo en todo su trazado por el mismo corredor
que la Autovía A-3.
El trazado pasa por el Sur de Motilla del Palancar
y Minglanilla, cruza el embalse de Contreras un
poco más al Norte que la A-3, supera Utiel por
el Sur y Requena por el Norte. Entre estás
poblaciones está previsto situar la estación denominada
Utiel-Requena. Finalmente el trazado se dirige
hacia Valencia por el Norte de Buñol, Sur de Chiva
y Norte de Torrent.
2. Informe del servicio jurídico
El Abogado del Estado-Jefe, mediante escrito de
fecha 22 de junio de 2001, ha informado que el
expediente de información pública y oficial del
"Estudio Informativo del Proyecto de la Línea de Alta
Velocidad Madrid-Castilla La
Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia" ha sido tramitado en
la forma legalmente prevista en el R.D. 1211/90,
Reglamento de la Ley de Ordenación de los
Transportes.
3. Declaración de impacto ambiental
La Declaración de Impacto Ambiental, relativa
al "Estudio Informativo del Proyecto de la Línea
de Alta Velocidad Madrid-Castilla La
Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia. Subtramo: Motilla del
Palancar-Valencia", que se incluye como anexo a
esta aprobación, se ha formulado por la Secretaría
General de Medio Ambiente el 14 de enero de
2003, y se ha publicado en el B.O.E. de fecha 4
de febrero de 2003.
4. Informe de la Subdirección General de Planes
y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias
La Subdirección General de Planes y Proyectos
de Infraestructuras Ferroviarias elevó con fecha 11
de febrero de 2003 la Propuesta de Aprobación
del expediente de información pública y oficial y
Aprobación Definitiva del "Estudio Informativo del
Proyecto de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia. Subtramo: Motilla del
Palancar-Valencia".
5. Resolución
A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría
de Estado resuelve lo siguiente:
Primero: Hacer constar que el expediente
reseñado cumple con lo preceptuado en la sección 1
capítulo 2 del vigente Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres (R.D.
1211/90 de 28 de septiembre).
Segundo: Aprobar el expediente de Información
pública y oficial y definitivamente el "Estudio
Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad
Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad
Valenciana-Región de Murcia. Tramo:
Madrid-Albacete/Valencia. Subtramo: Motilla del
Palancar-Valencia.", seleccionando como alternativa a desarrollar
en los proyectos constructivos la definición a escala
1/5.000 de la Solución Variante de A, (en el tramo
Motilla del Palancar-Valencia coincide con la
solución A) entre el p.k. 213+000 y el p.k. 357+744,
que fue remitida a la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio
Ambiente con fecha 17 de diciembre de 2001.
Tercero: En los sucesivos Proyectos Constructivos
que desarrollen la solución aprobada se tendrán en
cuenta las prescripciones siguientes:
3.1-Las establecidas en el condicionado de la
Declaración de Impacto Ambiental, cuya copia se
incluye como anejo a esta aprobación.
3.2-La reposición de viales y servidumbres, y la
ejecución de nuevos pasos y caminos prevista en
el Estudio Informativo, se considerará de nuevo en
la fase de Proyecto Constructivo para analizar
posibles modificaciones. Durante la redacción de dicho
proyecto se mantendrán contactos con los
Ayuntamientos, Asociaciones y otros interesados, para
concretar con exactitud los caminos y pasos que
haya que reponer o construir, así como prever la
reposición de redes de riegos, acequias y demás
servicios afectados.
Cuarto: Contra la presente Resolución, que pone
fin a la vía administrativa, cabe interponer ante esta
Secretaría de Estado, en el plazo de un mes, recurso
potestativo de reposición, al amparo de los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en
el artículo 11.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio.
Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que
el anterior recurso potestativo de reposición sea
resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta.
Madrid, 17 de febrero de 2003.-El Secretario
de Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco
Rodríguez.-9.923.
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