El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión,
interpuesto por Don Luis Bofill Miquel, contra
resolución del Tribunal Económico-Administrativo
Regional de Cataluña de 28 de junio de 2000,
(reclamación n.o 17/1658/99), en asunto relativo a
denegación de suspensión de providencia de
apremio de sanción por infracción impuesta por la
Jefatura Provincial de Tráfico, Acuerda: Declararlo
inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advitiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses a contar del
día siguiente a la fecha de esta notificación.
Madrid, 28 de febrero de 2003.-El Vocal Jefe
de la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-9.244.
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