A efectos previstos en el artículo 59 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de
26 de noviembre de 1992, se hace público que se
requiere a los obligados que se citan para que en
el plazo de un mes, desde la fecha de esta
publicación, procedan a la ejecución voluntaria de la
obligación de restituir el terreno a su estado
primitivo que se les impuso en las resoluciones dictadas
por la Confederación Hidrográfica del Tajo en los
expedientes que se relacionan a continuación, cuya
notificación se ha intentado sin que se haya podido
practicar. A continuación se recogen los siguientes
conceptos:
Expediente, obligado, código de identificación
fiscal/número de identificación fiscal y fecha de
resolución
D.-17239. Junta de Compensación, polígono
sector 3. No consta. 3 de diciembre de 1996.
D.-21744. Ignacio González Rodríguez.
04066900V. 13 de enero de 2000.
Transcurrido el referido plazo de un mes sin haber
realizado la ejecución voluntaria se procederá por
esta Confederación Hidrográfica del Tajo a la
ejecución subsidiaria a su cargo.
Madrid, 10 de diciembre de 2002.-El Secretario
general, Fernando Martínez Serrano.-56.679.
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