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Documento BOE-B-2003-72143

Edicto de la Diputación Foral de Bizkaia anunciando la subasta pública de los bienes inmuebles hipotecados por la deudora Sociedad Franco Española de Alambres Cables y Transportes Aéreos, Sociedad Anónima.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2003, páginas 2365 a 2366 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2003-72143

TEXTO

El Jefe del Servicio de Recaudación del

Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación

Foral de Bizkaia,

Hago saber: Que en el expediente administrativo

de apremio que con el número 1.996/16.539 se

sigue en este Servicio de Recaudación contra la

deudora Sociedad Franco Española de Alambres

Cables y Transportes Aéreos, Sociedad Anónima,

con Número de Identificación Fiscal 48.010.565,

por débitos de varios conceptos tributarios, he

dictado con fecha de hoy, la siguiente

"Providencia

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

138 del Reglamento de Recaudación del Territorio

Histórico de Bizkaia, y autorizada la enajenación

de los bienes inmuebles hipotecados al deudor

Sociedad Franco Española de Alambres Cables y

Transportes Aéreos, Sociedad Anónima, con Número de

Identificación Fiscal 48.010.565 procédase a la

celebración de la subasta de los citados bienes, el día

5 de Mayo de 2.003, a las once horas, en el Salón

de Actos de la Hacienda Foral; y obsérvense en

su trámite y realización las prescripciones de los

artículos 138, 139 y 140 del Reglamento de

Recaudación del Territorio Histórico de Bizkaia,

indicándose que el tipo de subasta de los citados bienes

a enajenar será de 11.588.906 euros y los tramos

a que deberán ajustarse las posturas serán de 3.000

euros.

Notifíquese esta providencia al deudor y demás

personas interesadas, y anúnciese al público por

medio de edictos en el Boletín Oficial de Bizkaia,

Boletín Oficial del Estado y demás sitios

reglamentarios."

En cumplimiento de dicha providencia, se publica

el presente edicto para general conocimiento y

convocatoria de licitadores, advirtiéndose a cuantos

deseen participar en la subasta lo siguiente:

Primero.-Los bienes a enajenar son los que al

final se relacionarán. Los títulos disponibles podrán

ser examinados por aquellos a quienes interese, hasta

el día anterior al de la subasta, en la Unidad 1

de Recaudación sita en Camino Capuchinos de

Basurso, número 2-4, 1planta, departamento G,

en horario de 9 a 13,30 horas, y de lunes a viernes.

Segundo.-Todo licitador deberá constituir ante

la Mesa de subasta el preceptivo depósito de

garantía, que será al menos del 50 por 100 del tipo de

aquella, con la advertencia de que dicho depósito

se ingresará en firme en la Tesorería Foral si los

adjudicatarios no satisfacen el precio del remate,

sin perjuicio de las responsabilidades en que

incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe

del depósito origine la inefectividad de la

adjudicación.

Tercero.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Cuarto.-El rematante deberá entregar en el acto

de la adjudicación o dentro de los veinte días

siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el

precio de la adjudicación.

Quinto.-Los licitantes podrán enviar o presentar

sus ofertas en sobre cerrado, en el Registro General

del Departamento de Hacienda y Finanzas, hasta

una hora antes del comienzo de la subasta. Dichas

ofertas, que tendrán el carácter de máximas, deberán

ir acompañadas de cheque conformado a favor de

la Hacienda Foral de Bizkaia por el importe del

depósito.

Sexto.-En el supuesto de concurrencia de varias

ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión

de posturas a partir de la segunda más alta de

aquellas.

Séptimo.-Si no se hubieren adjudicado bienes

suficientes para el pago de la cantidad perseguida,

la Mesa de subasta podrá acordar la suspensión

del acto, reservándose la Administración Foral el

derecho a pedir en el plazo de quince días la

adjudicación de los bienes no rematados, o celebrar

seguidamente una segunda licitación de dichos

bienes, admitiéndose proposiciones que cubran el

nuevo tipo, que será el 75 por 100 del señalado para

la primera licitación.

Octavo.-Al término de la subasta, los depósitos

que se hubieren constituido en la Presidencia de

la Mesa, se devolverán a sus respectivos propietarios,

depositándose en la Tesorería Foral los

pertenecientes a los dos mayores postores, considerando el de

los rematantes como entregas a cuenta del precio

de la adjudicación, debiendo completarse el pago

en el acto o en los veinte días siguientes, si no

completan el pago perderán el importe de los

depósitos, y quedarán obligados a resarcir a la

Administración de los perjuicios que del incumplimiento

de tal obligación se deriven.

El impago de un adjudicatario producirá la

adjudicación automática de los bienes al segundo postor.

La Mesa, en tal caso, acordará requerir al nuevo

rematante el abono del precio de la adjudicación,

que será la última postura realizada por el mismo,

advirtiéndole de que, si no completa el pago en

el acto o dentro de los veinte días siguientes, perderá

-como en el caso expuesto anteriormente-, el

importe del depósito y quedará obligado a resarcir

a la Administración de los perjuicios que del

incumplimiento de tal obligación se deriven.

Si el adjudicatario efectuara el pago de los bienes

rematados en los plazos fijados, se procederá a la

devolución inmediata del depósito constituido por

el segundo postor.

Noveno.-En el caso de no interesar a la

Administración Foral los bienes no rematados en la

primera licitación y sobre los cuales se había reservado

el derecho a pedir su adjudicación, se celebrará una

segunda licitación veinte días después de la fecha

en que la presente tiene lugar, en el mismo local

y a la misma hora.

Décimo.-Los licitadores habrán de conformarse

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, no teniendo derecho a exigir otros.

Undécimo.-Las cargas anteriores y preferentes

tomadas con anterioridad a la anotación en favor

de la Diputación Foral, si las hubiere, quedarán

subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio del

remate.

Duodécimo.-Los bienes no enajenados en

subasta podrán adjudicarse mediante venta por gestión

directa, conforme al procedimiento establecido en

el Artículo 142 del Reglamento de Recaudación

del Territorio Histórico de Bizkaia.

Advertencia: En todo lo no previsto en este edicto

se estará a lo preceptuado en las disposiciones

legales que regulen el acto, y confieran algún derecho

a favor de terceros.

Descripción de las fincas a enajenar

Lote único:

1Terreno procedente de las heredades de pan

sembrar, pertenecido de la casa de campo número

ochenta y siete, y adherentes en la Vega de la Punta

de la Anteiglesia de Erandio, con una superficie

de ocho mil once metros y seis decímetros

cuadrados, igual a ciento tres mil ciento noventa pies

cuadrados y dieciocho céntimos de pie, que confina

al Oeste, en longitud de ochenta metros con la faja

de terreno de seis metros de ancha y ésta a su

vez, con la carretera de Bilbao a Las Arenas, al

Sur, en longitud de ciento nueve metros treinta

centímetros con la faja de terreno de mil treinta y dos

metros cuadrados, al Norte, en longitud de noventa

y cuatro metros treinta centímetros y al Este,

también en longitud de setenta y ocho metros setenta

centímetros, con el resto de las heredades de pan

de sembrar de que se ha segregado el terreno que

se describe.

Sobre el descrito terreno se levanta: Una fábrica

radicante en la Anteiglesia de Erandio, en el paraje

llamado Vega de la Punta, que ocupa una superficie

de ocho mil once metros y sesenta y seis decímetros

cuadrados y consta de un edificio principal que tiene

ocho naves o salas en las cuales están instaladas

las máquinas y calderas de vapor y los talleres de

fabricación de cables, alambres y puntas y los del

temple recocido, galvanización, ajustaje y montaje.

A la parte zaguera se encuentran los talleres de

carpintería y el almacén de alambres y de puntas.

En la parte delantera frente a la carretera de Bilbao

a Las Arenas, hay un edificio para almacén general

y otro compuesto de dos pisos destinados para

oficinas y habitaciones. La fuerza motriz empleada

en dicha fábrica es de 350 caballos que suministran

dos máquinas de 175 caballos cada una.

Hipoteca tomada en el tomo 1.485, libro 225

de Erandio, folio 32, finca 731, inscripción 5

2Terreno en Desierto, jurisdicción de Erandio,

con frente de cincuenta metros al Suroeste a la

carretera de Bilbao a Las Arenas y una extensión

superficial de cuatro mil seiscientos sesenta y cinco

y noventa y cuatro decímetros, equivalentes a

sesenta mil noventa y siete pies y treinta y una centésimas

de pie cuadrado, que linda: Al Sur, mejor Suroeste,

con dicha Carretera, Norte y Oeste, con mas terreno

del Santo Hospital Civil de Bilbao y Sanatorio de

Górliz; y Este, la fábrica de Sociedad Franco

Española de Alambres, Cables y Transportes Aéreos.

Hipoteca tomada en el tomo 1.485, libro 225

de Erandio, folio 35, finca 13.802, inscripción 2

3Terreno en Desierto, jurisdicción de Erandio,

hoy Bilbao, integrado en dos fajas que forman ángulo

recto con frente de quince metros y treinta y cinco

centímetros a la Carretera de Bilbao a Las Arenas,

y una extensión superficial de tres mil doscientos

setenta y ocho metros trescientos setenta y cinco

decímetros, igual a cuarenta y dos mil doscientos

veinticinco pies y cuarenta y siete centésimas de

pie cuadrado, que linda, al Sur, mejor Suroeste, dicha

carretera y también mas de la Sociedad Franco

Española de Alambres, Cables y Transportes Aéreos,

al Norte y Oeste, mas del Santo Hospital y del

Sanatorio Marino de Górliz y también de la

Sociedad Franco Española de Alambres, Cables y

Transportes Aéreos y Este de esta última Sociedad.

Hipoteca tomada en el tomo 1.485, libro 225

de Erandio, folio 37, finca número 2.105,

inscripción 2

4Faja de terreno interior de forma rectangular,

en Erandio, cuya faja mide ochenta y cinco metros

de larga por diez de ancha, ocupando por tanto

una extensión superficial de ochocientos cincuenta

metros cuadrados, equivalentes a diez mil

novecientos cuarenta y ocho pies cuadrados y linda, al Norte

y Sur, con mas de esta propiedad, Este, resto de

donde se segrega, y Oeste propiedad de la Sociedad

Franco Española de Alambres, Cables y Transportes

Aéreos.

Hipoteca tomada en el tomo 1.485, libro 225

de Erandio, folio 39, finca número 3.874,

inscripción 2

5Solar de la calle Martiartu, que según reciente

medición resulta tener una medida de seiscientos

cuarenta y dos metros cuadrados y cuarenta y siete

decímetros, equivalentes a ocho mil doscientos

setenta y cinco pies cuadrados y una centésima y

linda, al Norte, con la calle Martiartu, al Sur, con

el solar de la misma propiedad de la calle Urdaneta

y patios de las casas de Don Juan Pinaga, Don

Francisco Abásolo, Don Santiago Madariaga, y Don

Marcelino Acarregui; Este, con la casa y patio de

Doña Nocolasa Torre y por el Oeste, con el callejón

de cuatro metros de ancho contiguo a la Fábrica

Trefilería.

Hipoteca tomada en el tomo 1.486, libro 225

de Erandio, folio 41, finca 1.698, inscripción 4

6Terreno en Erandio, de figura irregular, que

tiene una extensión superficial de siete mil

quinientos treinta y siete metros cuadrados y cuarenta y

un decímetros, equivalentes a noventa y siete mil

ochenta y un pies cuadrados y ochenta y cuatro

centésimas y linda, al Oeste, en una pequeña parte,

con la carretera de Bilbao a Las Arenas y en el

resto, con finca propiedad de la Sociedad Franco

Española de Alambres, Cables y Transportes

Aéreos; al Este, con el ferrocarril de Las Arenas

a Plencia; Sur, en su mayor parte, con la finca de

la pertenencia de la Sociedad Franco Española de

Alambres, Cables y Transportes Aéreos, y en otra

parte, con la calle Martiartu, y por el Norte, con

resto de la finca matriz, de donde procede y se

ha segregado que están separados por el eje de la

carretera proyectada del Gran Bilbao.

Hipoteca tomada en el tomo 1.485, libro 225

de Erandio, folio 43, finca número 4.102,

inscripción 2

7Terreno en Erandio, a la zaguera de otro

terreno que da frente a la carretera de Bilbao a

Las Arenas, que tiene una medida superficial de

siete mil ciento ocho metros setenta y seis

decímetros cuadrados y linda al Norte, con propiedad

de Cenemesa, antes Industrias Aguirre, Sociedad

Anónima; por el Sur, con finca de la Sociedad

Franco Española de Alambres, Cables y Transportes

Aéreos; al Este, con el Ferrocarril de Bilbao a Las

Arenas, y al Oeste con la porción de terreno de

la misma procedencia.

Hipoteca tomada en el tomo 1.485, libro 225

de Erandio, folio 45, finca 7.536, inscripción 4

Bilbao, 3 de marzo de 2003.-El Jefe del Servicio

de Recaudación.-10.145.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
País Vasco
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Varios lotes de servicios.

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