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Documento BOE-B-2003-77027

Resolución de la Dirección General de Política y Energética y Minas por la que se autoriza a Endesa Generación, S. A., el cierre y desmantelamiento de los grupos 1, 2 y 3 de la central térmica de Cristóbal Colón (Huelva).

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2003, páginas 2534 a 2534 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-B-2003-77027

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Subdelegación

del Gobierno de Huelva, a instancia de Endesa

Generación S.A., con domicilio en Madrid, calle

Príncipe de Vergara, 187, en solicitud de

autorización administrativa para el cierre y

desmantelamiento de los grupos 1, 2 y 3 de la central térmica

de Cristóbal Colón, en Huelva, y cumplidos los

trámites reglamentarios ordenados en el Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se

regulan las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de

autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico.

Visto el informe favorable del Área de Industria

y Energía de la Subdelegación del Gobierno en

Huelva.

Visto el informe previo de Red Eléctrica de

España, S. A. de fecha 6 de mayo de 2002.

Visto el informe previo de la Comisión Nacional

de Energía de fecha 23 de enero de 2003.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Endesa Generación, S. A., el

cierre y desmantelamiento de los grupos 1, 2 y 3

de la central térmica de Cristóbal Colón (Huelva),

cuyas potencias son de 68 MW, 148 MW y 160

MW, respectivamente, con las siguientes

condiciones:

a) El cierre y desmantelamiento del grupo 1

podrá iniciarse de inmediato.

b) El cierre y desmantelamiento de los grupos 2

y 3 queda condicionado al análisis que realice el

Operador del Sistema, con antelación a su baja (año

2003 el grupo 3 y 2004 el grupo 2), en función

de la evolución de la demanda y del consumo de

energía de la zona, la cobertura de la demanda

nacional, y la entrada en servicio de nuevos grupos de

ciclo combinado.

2. Cancelar la inscripción en el Registro

Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía

Eléctrica del Grupo 1 de la Central Térmica de

Cristóbal Colón.

3. El Área de Industria y Energía, de la

Subdelegación del Gobierno en Huelva, realizará

inspecciones periódicas del desmantelamiento de las

instalaciones que se autoriza.

Esta autorización se concede sin perjuicio de las

concesiones y autorizaciones que sean necesarias,

de acuerdo con otras disposiciones que resulten

aplicables y en especial la licencia de obras de carácter

municipal.

Contra la presente Resolución cabe interponer

de alzada ante el Excmo. Sr. Secretario de Estado

de Energía, Desarrollo Industrial y de la Pequeña

y Mediana Empresa, en el plazo de un mes, de

acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999

de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997

de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento

de la Administración General del Estado.

Madrid, 5 de febrero de 2003.-La Directora

general, Carmen Becerril Martínez.-&11.020.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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