A los efectos del art. 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se hace público
que en fecha 26 de marzo de 2003, el Consejo
de Administración de la Autoridad Portuaria de
Barcelona ha dictado la siguiente resolución:
"Primero.-Aprobar la propuesta de declaración
de caducidad que se adjunta como Anexo n.o 1
y, en consecuencia declarar la caducidad de la
concesión otorgada a Procomsa en fecha 30 de julio
de 1984.
Segundo.-Ordenar al Sr. Director de la Autoridad
Portuaria de Barcelona que se adopte de inmediato
las medidas pertinentes para la descontaminación
del suelo y la desmantelación de las instalaciones,
repercutiendo a la concesionaria el coste de dichas
operaciones."
La resolución transcrita tiene carácter de acto
administrativo definitivo y agota la vía
administrativa, pudiendo el interesado interponer contra la
misma recurso de reposición ante el Consejo de
Administración de la Autoridad Portuaria de
Barcelona en el plazo de un mes a contar desde su
notificación o publicación (arts. 116 y 117 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común) o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal
Superior de Justicia de Catalunya en el plazo de dos
meses a contar desde la notificación o publicación
de esta resolución (art. 46.1 de la Ley reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa). Lo
anterior debe entenderse sin perjuicio de que el
interesado pueda interponer los demás recursos que
estime procedentes.
Barcelona, 27 de marzo de 2003.-El Secretario,
Albert Muixí Rosset.-&11.884.
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