Se pone en conocimiento de los propietarios de
los depósitos constituidos en efectivo con el carácter
de necesarios que a continuación se indican que
se va a proceder a formalizar el oportuno expediente
de prescripción por abandono de los mismos a fin
de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento
de la Caja General de Depósitos aprobado por Real
Decreto 161/1997, y en la Orden del Ministerio
de Hacienda de 9 de enero de 1970.
Por lo expuesto, se advierte a los interesados que,
si en el plazo de un mes, a contar desde la
publicación de este anuncio, no se ha presentado
reclamación alguna en la Caja General de Depósitos
(paseo del Prado número 4, 28014 Madrid), se
declararán abandonados a favor del Tesoro Público
y prescritos los citados depósitos.
Madrid, 20 de marzo de 2003.-La Directora
General, P. D. (Resolución de 13 de marzo de
1958), la Subdirectora General de Gestión de
Cobros y Pagos del Estado, P. S. (Resolución de
28 de julio de 2000), la Subdirectora general adjunta
de Gestión de Cobros y Pagos del Estado, María
Ángeles Bartolomé Codesido.-12.033.
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