Gabriel Fernández Quirantes, Instructor del
expediente disciplinario n.o 13/03, que se sigue a
D. Valentín Arrillaga Rejano, funcionario del
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias,
destinado en el Centro Penitenciario de Ceuta, al
amparo de lo previsto en el art. 59.4 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Hace saber: Que por este edicto, se emplaza a
D. Valentín Arrillaga Rejano, funcionario del
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, con
último domicilio conocido en la C/ Cervantes,
n.o 14; 4.o G, de la localidad de Ceuta, para que
en el plazo de diez días, a contar desde la publicación
del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado
y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento de
Ceuta, se persone ante esta Instrucción, en el edificio
sede de la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias, C/ Alcalá, n.o 38-40, 5Planta, de
Madrid-28014, de lunes a viernes, en horario
comprendido entre las 09.00 y las 14.00 horas, para
notificarle los siguientes trámites: Primero: acuerdo
del Ilmo. Sr. Director General de Instituciones
Penitenciarias, de fecha 10-02-03, por el que se incoa
expediente formal de corrección disciplinaria al
citado funcionario por la posible ausencia injustificada
del servicio, desde el día 24 de julio de 2002.
Segun
do: emplazamiento del mencionado funcionario
para que comparezca ante el Instructor del
expediente disciplinario n.o 13/03, a efectos de
cumplimentar el trámite a que se refiere el art. 34.2
del Reglamento de Régimen Disciplinario de los
Funcionarios de la Administración del Estado,
aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero.
Se apercibe al Sr. Arrillaga Rejano que de no
acudir a este requerimiento, proseguirán las
actuaciones correspondientes con el perjuicio a que en
derecho haya lugar.
Madrid, 31 de marzo de 2002.-El Jefe de Área
de la Inspección Penitenciaria.-&12.133.
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