El Consejo de la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones, en la sesión celebrada el día
27 de marzo de 2003, aprobó, en el seno del
expediente ROL 2003/492, la Resolución por la que
se notifica a la entidad "Axarquía Telecom, Sociedad
Anónima", el incumplimiento de las condiciones
de su Licencia Individual de tipo B1, y de la
Autorización General de tipo C, de la que es titular,
a los efectos de los artículos 13 y 19.2 de la Ley
General de Telecomunicaciones y el artículo 19 y
7 de las Órdenes de Licencias individuales y de
Autorizaciones Generales, respectivamente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se procede a notificar, por este medio, que
con fecha de 27 de marzo de 2003, el Consejo
de ésta Comisión ha adoptado, como punto primero
de la parte dispositiva, el siguiente Acuerdo en
relación con el expediente administrativo número
2003/492.
Anexo
Primero.-De conformidad con lo dispuesto en
el artículo 19 de la Orden de Licencias Individuales,
y en el artículo 7 de la Orden de Autorizaciones
Generales:
Notificar a la entidad "Axarquía Telecom, S. A."
que ha incumplido sus obligaciones de comunicar
cambios en los datos objetos de inscripción en los
Registros de Licencias y Autorizaciones, en
particular su domicilio a efectos de notificación, tal
y como exigen los artículos 13 y 19.2 de la Ley
General de Telecomunicaciones y artículo 19 y 7
de la Órdenes de Licencias individuales y de
Autorizaciones generales, respectivamente.
Requerir que, en el plazo de un mes, cumpla
con la obligación antes señalada, recordándole que
en su defecto, los artículos 13 y 19.2 de la Ley
General de Telecomunicaciones, el artículo 19 de
la Orden de Licencias Individuales y el artículo 7
de la Orden de Autorizaciones Generales, prevén
que se pueda dejar sin efecto la licencia individual
de tipo B1 y la Autorización General de tipo C,
de las cuales es titular "Axarquía Telecom, Sociedad
Anónima", mediante la tramitación de los
correspondientes expedientes de revocación.
Madrid, 31 de marzo de 2003.-El Presidente de
la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones, Carlos Bustelo García del Real.-12.527.
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