El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada, interpuesto por
don José Joaquín Oria Liria, contra Resolución del
Tribunal Regional de Cataluña de 21 de septiembre
del 2000, recaída en reclamación n.o 08/03397/00,
por el Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicios
1.995 a 1.998, acuerda desestimar el recurso y
confirmar la Resolución recurrida por encontrarse la
misma ajustada a derecho.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este Edicto.
Madrid, 24 de marzo de 2003.-Alejandro Rebollo
Álvarez-Amandi.-&12.671.
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