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Documento BOE-B-2003-90127

Anuncio de la Dependencia de Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Madrid sobre subasta de bienes inmuebles, embargados en procedimiento de apremio, seguido contra el deudor a la Hacienda Pública Agro Sevibeja, S. L. (B78589603).

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2003, páginas 3049 a 3050 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2003-90127

TEXTO

Anuncio de subasta

El Jefe de la Dependencia de Recaudación de

la A.E.A.T. de Madrid,

Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto

en el art. 130 de la L.G.T., y en los artículos 111,

146 y siguientes del Reglamento General de

Recaudación (R.D. 1684/90, de 20 de diciembre, B.O.E.

de 3 de enero de 1991), habiéndose dictado acuerdo

de fecha 06/02/03 decretando la venta de bienes

inmuebles dentro del expediente ejecutivo seguido

contra el deudor Agro Sevibeja, S. L. (B78589603)

y que fueron ofrecidos en garantía formalizada en

escritura de hipoteca inmobiliaria, se dispone la

venta de los bienes que se detallarán posteriormente,

mediante subasta que se celebrará el día 4/06/03

a las 10 horas en la Delegación de la A.E.A.T.

de Madrid, sita en la calle Guzmán el Bueno, 139.

En cumplimiento del artículo 146 del citado

Reglamento, se publica el presente anuncio y se

advierte a las personas que deseen tomar parte en

la subasta de lo siguiente:

Primero: Los bienes a subastar están afectos por

las cargas y gravámenes que figuran en la descripción

de los bienes, y que constan en el expediente, las

cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse

a su extinción el precio del remate.

Segundo: La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago del principal, recargos, intereses

y costas del procedimiento.

Tercero: Los licitadores podrán enviar o presentar

sus ofertas en sobre cerrado, desde el anuncio de

subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta,

sin perjuicio de que puedan participar

personalmente en la licitación con posturas superiores a la del

sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de

máximas, serán registradas en el Registro General

de la Delegación de la A.E.A.T. de Madrid, y

deberán ir acompañadas de cheque conformado

extendido a favor del Tesoro Público por el importe de

depósito.

Cuarto: Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de subasta, depósito de garantía, en metálico

o cheque conformado a favor del Tesoro Público,

que será de al menos el 20 % del tipo de aquélla,

depósito que se ingresará en firme en el Tesoro

si los adjudicatarios no satisfacen el precio del

remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que

incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el

importe del depósito origine la inefectividad de la

adjudicación.

Quinto: En caso de que no resulten adjudicados

los bienes en una primera licitación, la Mesa de

Subasta podrá realizar, si lo juzga procedente, una

segunda licitación, fijando el nuevo tipo de subasta

en el 75 % del importe de la 1.a, o bien anunciará

la iniciación del trámite de adjudicación directa que

se llevará a cabo de acuerdo con el artículo 150

del Reglamento General de Recaudación.

Sexto: El adjudicatario deberá entregar en el acto,

o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de

adjudicación.

Séptimo: Si quedasen bienes sin adjudicar, se

iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo

máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas

en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la

Mesa de Subastas.

La Mesa de Subasta abrirá las ofertas presentadas

al término del plazo del mes desde su inicio,

pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna

de ellas se considera suficiente en ese momento.

En caso contrario, se anunciará la extensión de un

mes más para presentación de nuevas ofertas o

mejora de las ya existentes, comunicando el importe de

la mejor oferta recibida para la mejora de las mismas.

Todo ello, sin perjuicio de la validez de las ofertas

presentadas hasta ese momento y durante todo el

trámite de adjudicación directa.

Cuando las proposiciones se envíen por Correo

certificado, el ofertante deberá justificar la fecha de

imposición del envío en la oficina de Correos,

anunciando a la Mesa la remisión de la oferta mediante

fax (núm. 91 582 69 68), telegrama o e-mail a través

de la página web de la AEAT (www.aeat.es).

El precio mínimo en adjudicación directa será

el tipo de subasta en 1.a licitación cuando no se

haya considerado procedente celebrar una 2.a

licitación. En el caso de que exista 2.a licitación, no

habrá precio mínimo.

Si tras la apertura de sobres, alguna oferta se

considerase económicamente suficiente, se

comunicará al adjudicatario, el cual dispondrá de cinco

días hábiles para efectuar el pago.

Octavo: La Hacienda se reserva el derecho de

adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen

sido objeto de remate, conforme al art. 158 y

siguientes del Reglamento General de Recaudación y el

137.2 de la Ley General Tributaria.

Noveno: Cuando se trate de bienes inscribibles

en registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos

títulos estarán a disposición de los interesados en las

oficinas de la A.E.A.T. de Madrid, donde podrán

ser examinados durante los quince días anteriores

a la celebración de la subasta, de 9 a 14 horas.

En caso de no estar inscritos los bienes en el

Registro, la escritura de adjudicación es título, mediante

el cual puede efectuarse la inmatriculación en los

términos previstos en el art. 199.b) de la Ley

Hipotecaria y en los demás casos se atenderá a lo

dispuesto en el Título VI de dicha Ley.

Décimo: Todos los gastos e impuestos derivados

de la transmisión serán por cuenta del adjudicatario.

Respecto al estado de deudas con la comunidad

de propietarios, que pudieran existir, de las viviendas

o locales, el adjudicatario exonera expresamente a

la A.E.A.T., al amparo del artículo 9 de la Ley

49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal,

modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la

obligación de aportar certificación sobre el estado

de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del

mismo los gastos que queden pendientes de pago

según ley.

Undécimo: El procedimiento de apremio se

suspenderá en los términos y condiciones señaladas

en los artículos 135 y 136 de la Ley General

Tributaria.

Duodécimo: En todo lo no previsto en este

anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones

legales que regulen el acto.

Relación de bienes a subastar

Lote único:

Descripción registral: "Terreno en el término de

Argamasilla de Alba, al sitio titulado Casilla de

Ginel. Toda la finca está cercada con una valla

de ladrillos y barandilla metálica; tiene su entrada

por la Carretera de Argamasilla de Alba a

Manzanares, en el punto kilométrico 2.050. Dentro de

sus perímetros y en su ángulo Norte-Oeste, existen

las siguientes edificaciones: En planta baja, dos

naves contiguas entre sí con una extensión

superficial de quinientos veinte metros cuadrados en total;

y en la planta alta, sobre parte de la planta baja,

una vivienda compuesta de varias habitaciones y

dependencias, que mide doscientos metros

cuadrados. El resto de la finca que mide nueve mil

ochocientos ochenta metros cuadrados está destinado

a patio y espacio libre. Toda la finca mide diez

mil cuatrocientos metros cuadrados, y linda: Norte,

de Ramón Serrano; Saliente, de herederos de

Alfredo Serrano; Poniente, Canal de desagüe, y Mediodía,

con la carretera de Manzanares. Urbana sobre la

que se ha edificado la siguiente obra nueva: Edificio

destinado a hostal con la categoría de una estrella

y bar restaurante. Consta de dos cuerpos, uno de

ellos con dos alturas el otro con una. La superficie

total construida es de ochocientos veinticinco

metros con noventa decímetros cuadrados, de los

cuales, corresponden quinientos setenta y tres

metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados

a la planta baja en conjunto de los dos cuerpos

citados, y doscientos cincuenta y dos metros treinta

y cinco decímetros cuadrados a la planta primera

del cuerpo que la tiene. Dicha edificación se

encuentra en el lindero de la Carretera de Manzanares,

a donde da su fachada, lindando por el resto de

sus lados con la finca sobre la que se asienta."

Finca inscrita con el número 14.725, folio 94

vuelto, libro 174, tomo 2.182, en el Registro de

la Propiedad de Tomelloso (Ciudad Real).

Valorada en 480.963,00 euros, está gravada por

cargas que suman un importe de 0,00 euros, siendo

el tipo de subasta en primera licitación de

480.963,00 euros.

Tramos: 2.000 euros.

Las cargas, gravámenes y situaciones jurídicas que

afectan a los bienes y que han de quedar subsistentes

son las siguientes: Ninguna, según la documentación

registral que consta en el expediente. En cualquier

caso, el adjudicatario se subrogará en todas las

cargas, gravámenes y derechos que legalmente deban

quedar subsistentes.

Madrid, 6 de febrero de 2003.-El Jefe de la

Dependencia de Recaudación, Juan Luis Cerdán

Ruano.-&13.340.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Castilla-La Mancha
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Servicios.

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