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De conformidad con lo establecido en los
artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
(B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace
pública notificación del acuerdo de imposición de
multa coercitiva recaído en el expediente
sancionador que se indica, a las personas o entidades
que a continuación se relacionan, ya que habiéndose
intentado la notificación en el último domicilio
conocido, ésta no se ha podido practicar.
Contra la presente resolución, que agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el Presidente de la
Confederación Hidrográfica del Norte o recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Asturias o el correspondiente a la
circunscripción del domicilio del denunciado. Los
plazos de interposición de ambos recursos serán,
respectivamente, de un mes y dos meses a contar desde
el día siguiente al de la notificación de la resolución.
Las obligaciones económicas impuestas podrán
ser abonadas en período voluntario dentro del mes
siguiente a contar desde el día de la presente
publicación.
Los correspondientes expedientes obran en el
Servicio de Infracciones y Denuncias de la Confederación
Hidrográfica del Norte, Plaza de España, 2, de
Oviedo. Expediente: S/27/0018/01. Sancionado:
Pizarras Penamayor, S.L. Código de identificación
fiscal: B-24380412. Término municipal: A
Fonsagrada (Lugo).
Resolución: 10/02/2003. Cuantía multa: 1.803,04
euros. Artículos Ley Aguas: 108, d) y e). Artículos
Reglamento Dominio Público Hidráulico: 316, d)
y e), artículo Régimen Jurídico Procedimiento
Administrativo Común: 99.1.
Oviedo, 8 de abril de 2003.-El Secretario General,
Tomás Durán Cueva.-13.363.
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