Antecedentes
La empresa Gas y Electricidad I, SA Unipersonal,
con domicilio social en la calle Joan Maragall, 16,
de Palma, solicitó, el 12 de abril de 2002, la
autorización administrativa y la declaración, en concreto,
de utilidad pública de la instalación eléctrica siguiente:
Instalación de una línea de baja tensión soterrada
desde el centro de transformación Granja Son Oleza,
en el término municipal de Valldemosa. En
cumplimiento de los trámites establecidos en el Decreto
99/1997, de 11 de julio, por el que se regula el
procedimiento aplicable en la tramitación de las
instalaciones eléctricas de la comunidad autónoma
de las Illes Balears (BOIB núm. 93, de 26 de julio
de 1997); en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley
54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico
(BOE núm. 285, de 28 de noviembre de 1997),
y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre
(BOE núm. 310, de 27 de diciembre de 2000),
esta solicitud se ha notificado de forma
individualizada a todos los titulares afectados para que puedan
formular las alegaciones procedentes, se ha sometido
a un período de información pública, mediante el
anuncio publicado en el Boletín Oficial de las Illes
Balears núm. 112, de 17 de septiembre de 2002;
en el Boletín Oficial del Estado núm. 223, de 17
de septiembre de 2002, y en el diario Última Hora,
el 12 de septiembre de 2002; esta publicación
produce los efectos previstos en los artículos 58, 59
y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
régimen jurídico de las administraciones públicas
y del procedimiento administrativo común, a todos
los titulares afectados; y en cumplimiento de los
artículos 144 y 146 del Real decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de
diciembre de 2000), se ha notificado al Ayuntamiento
de Valldemosa para su exposición al público y para
su conocimiento como administración afectada.
El 10 de septiembre de 2002, el Ayuntamiento
de Valldemosa recibió la solicitud de emisión de
un informe y de acreditación de la exposición
pública del proyecto de acuerdo con lo que establece
el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que
en el artículo 146 prevé que "el órgano encargado
de la tramitación del expediente, simultáneamente
al trámite de información pública, ha de informar
de la solicitud y de la parte del documento técnico
por el que las distintas administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de servicios
de interés general resulten afectadas, a fin de que
éstas emitan el informe correspondiente. Se
entenderá que no existe ninguna objeción cuando, pasados
veinte días y reiterada la petición, transcurran diez
días más sin que se haya recibido respuesta de las
citadas administraciones, organismos públicos o
empresas señaladas".
El Ayuntamiento de Valldemosa expidió, el 5 de
febrero de 2003, con registro de entrada en la
Consejería de Economía, Comercio e Industria núm.
5108/2003, el correspondiente informe favorable,
acordado por la Comisión de Gobierno en la sesión
de 4 de febrero de 2003.
Alegaciones.
El 1 de octubre de 2002, con registro de entrada
núm. 46049/2002, el señor Pedro Coll Oliver
presentó un escrito de alegaciones en el que solicita
que se deniegue la autorización de la instalación
basándose en las siguientes consideraciones:
1. Confusión entre las entidades solicitantes Gas
y Electricidad, Distribución Eléctrica, SA, y Endesa
Distribución Eléctrica, SLU, visto que ambas,
aunque en documentos diferentes, figuran al expediente
como solicitantes.
2. La solicitud incumple los requisitos de los
artículos 21.2 y 53.1 de la Ley 54/1997, de 27
de noviembre, del sector eléctrico.
3. No consta la declaración de utilidad pública
de la instalación ni se acredita que el proyecto
presentado sea la única vía posible y necesaria para
instalar la línea de baja tensión soterrada.
Trasladado el escrito de alegaciones al solicitante,
éste defiende el proyecto a partir de la normativa
del sector eléctrico, y explica el cambio de
denominación de Gas y Electricidad Distribución
Eléctrica, SA a Endesa Distribución Eléctrica, SLU;
justifica el trazado propuesto ya que la alternativa es
un paralelismo con carreteras que prohibe la
legislación vigente. Visto que el artículo 21.2 de la Ley
del sector eléctrico forma parte del título de
Producción de energía eléctrica, es decir, se refiere a
las instalaciones de generación de energía y no a
las de suministro, y que el solicitante si cumplió
con lo que establece el artículo 53.1, ya que presentó
los datos de las fincas afectadas por el proyecto;
Vista la autorización del Departamento de Obras
Públicas y Urbanismo del Consell Insular de
Mallorca;
Visto el informe favorable de la Sección de Alta
Tensión de la Dirección General de Industria;
Visto que el artículo 18 del Decreto 58/2001,
de 6 de abril, de aprobación del Plan director
sectorial energético de las Illes Balears prevé, como
norma general, que las líneas de baja tensión tienen
que ser soterradas; Vista la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de régimen jurídico de las
administraciones públicas y del procedimiento
administrativo común y las otras normas legales que sean
de aplicación; Por todo eso, cumplidos los trámites
administrativos que establecen la Ley 54/1997, de
27 de noviembre, del sector eléctrico; el título VII
del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
y el Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que
se regula el procedimiento aplicable en la
tramitación de las instalaciones eléctricas de la
comunidad autónoma de las Illes Balears, todos ya citados;
Haciendo uso de las atribuciones que tengo
legalmente conferidas, resuelvo:
1. Autorizar la instalación de una línea de baja
tensión soterrada desde el centro transformador
Granja Son Oleza, en el término municipal de
Valldemosa, con las características técnicas siguientes:
Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, SL
Unipersonal.
Domicilio: calle Joan Maragall, 16, Palma.
Situación de la instalación: en el término
municipal de Valldemosa.
Finalidad de la instalación: dotar de suministro
eléctrico a una vivienda que se tiene que construir
en la finca denominada es Verger. Datos técnicos:
red de baja tensión soterrada desde el centro
transformador Granja Son Oleza, conductores de Al de
150 milímetros cuadrados de sección.
Longitud: 243 metros. Tensión: 220-380 voltios.
Presupuesto: 5.513,34 euros.
2. Declarar la utilidad pública de la instalación
eléctrica que se autoriza, conforme a lo que
establecen los artículos 52 y siguientes de la Ley
54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico,
que lleva implícita, en su caso, la necesidad de
ocupación de los bienes o la adquisición de los derechos
afectados de los propietarios con quien la persona
solicitante no ha llegado a un acuerdo, e implica
la ocupación urgente de los bienes y derechos
citados en el anexo de esta Resolución, a los efectos
previstos en el artículo 52 de la Ley de expropiación
forzosa de 16 de diciembre de 1954.
3. Contra esta Resolución se puede interponer
un recurso potestativo de reposición ante el
consejero de Economía, Comercio e Industria, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su notificación y publicación en el Boletín
Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con lo que
establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las
administraciones públicas y del procedimiento
administrativo común; o un recurso contencioso
administrativo ante la Sala Contencioso-administrativa
del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears,
de acuerdo con lo que establecen los artículos 8
y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
al de su notificación y publicación en el Boletín
Oficial de las Illes Balears.
Anexo
Relación concreta e individualizada de bienes y
derechos afectados
Propietario titular: Pedro Coll Oliver.
Domicilio: calle Afores, s/n 07170 Valldemosa.
Finca registral afectada: 864.
Afección:
Longitud de línea de baja tensión soterrada:
243 m.
Amplitud del camino: 3 m.
Superficie afectada: 243 ^ 3 = 729 m2
Palma de Mallorca, 26 de marzo de 2003.-La
directora general de Industria Francisca Vives
Amer.-14.334.
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