Por Resolución de fecha 13 de febrero de 2001
del Director General de Obras Públicas se aprobó
provisionalmente el proyecto básico "41-A-1627 (3).
Vía Parque Carretera Nacional N-332. Tramo:
Guardamar del Segura-Torrevieja (Alicante)". En el
Boletín Oficial del Estado número 70 de fecha 22 de
marzo de 2001 y en el Diario Oficial de la
Generalitat Valenciana número 3971 de fecha 2 de abril
de 2001 se publicaron los anuncios en virtud de
los cuales se abría el trámite de información pública
a los efectos de lo dispuesto en la legislación vigente.
Habiendo dictado en fecha 12 de marzo de 2003
la Directora General de Planificación y Gestión del
Medio la Declaración de Impacto Ambiental del
Proyecto de referencia. En virtud de las atribuciones
asignadas por el Decreto 210/2001, de 18 de
diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba
el Reglamento Orgánico y Funcional de la
Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes,
a la vista del informe emitido por la División de
Carreteras, con los efectos señalados en el artículo
22 de la Ley 6/1991 de la Generalitat Valenciana
de 27 de marzo, de Carreteras de la Comunidad
Valenciana, y del artículo 123 del Real Decreto
1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento General de la Ley de Contratos de
las Administraciones Públicas, así como por
delegación de la Orden del Conseller de Obras Públicas,
Urbanismo y Transportes de 11 de enero de 2001
(DOGV núm. 3.919) resuelvo:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto
básico "41-A-1627(3). Vía Parque Carretera
Nacional N-332. Tramo: Guardamar del
Segura-Torrevieja".
Segundo.-Visto lo dispuesto en el artículo 20 y
siguientes de la Ley 6/1991, de 27 de marzo, de
Carreteras de la Generalitat Valenciana, razones de
interés público aconsejan la publicación de esta
Resolución de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 60 de la Ley 4/99, de 13 de enero, de modificación
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen
jurídico de las Administraciones Públicas y del
procedimiento administrativo común.
Contra la presente resolución que agota la vía
administrativa podrá interponerse con carácter
potestativo, recurso de Reposición ante el Director
General de Obras Públicas en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999
de 13 de enero (BOE n.o 12, de 14 de enero).
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior,
la presente resolución podrá ser impugnada
directamente ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Valencia, mediante la
interposición del correspondiente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la publicación de la
misma o, en su caso, de la resolución expresa del
recurso potestativo de reposición, de conformidad
con lo establecido en el artículo 46 de la Ley
29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio
de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estime procedente.
Valencia, 25 de marzo de 2003.-El Director
General de Obras Públicas. Pedro Marco
Segura.-14.504.
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