El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, visto el recurso de alzada interpuesto por
el Director del Departamento de Inspección
Financiera y Tributaria de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria contra resolución dictada por
el Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Madrid, el 26 de febrero de 2001 en la reclamación
28/4691/98, relativa al Impuesto sobre el Valor
Añadido, acuerda estimarla parcialmente, anulando la
liquidación, que deberá sustituirse por otra en la
que se aplique lo que se establece en el Fundamento
de Derecho tercero de la presente resolución.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 14 de abril de 2004.-Alejandro Rebollo
Álvarez-Amandi, Vocal Jefe.-&14.774.
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