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Documento BOE-B-2004-101064

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, relativa a la Aprobación definitiva del Expediente de Información Pública y del Estudio Informativo "Autovía del Mediterráneo. N-340. Nueva Ronda de Circunvalación Oeste de Málaga". Clave: EI-4-MA-07".

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 26 de abril de 2004, páginas 3595 a 3595 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2004-101064

TEXTO

Aprobación definitiva del Expediente de

Información Pública y del Estudio Informativo "Autovía

del Mediterráneo. N-340. Nueva Ronda de

Circ u n v a l a c i ó n O e s t e d e M á l a g a " . C l a v e :

EI-4-MA-07.

Con fecha 26 de enero de 2004, el Ilmo. Sr.

Secretario de Estado de Infraestructuras, por

delegación del Excmo. Sr. Ministro (Resolución

Delegación de Atribuciones 30-05-1996) ha resuelto

lo siguiente:

Primero.-Declarar que el expediente de

información pública reseñado en el asunto cumple con lo

preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del

vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994

de 2 de septiembre).

Segunto.-Aprobar el expediente de información

pública del estudio informativo: "Autovía del

Mediterráneo. N-340. Nueva Ronda de Circunvalación

Oeste de Málaga". Clave: EI-4-MA-07, y

definitivamente el mismo, seleccionando como

alternativa a desarrollar la alternativa 2 del estudio

informativo, consistente en una nueva Ronda de

Circunvalación al Oeste de la ciudad de Málaga, con

características técnicas de autovía, de la longitud

aproximada 23 km., 5 enlaces y un Presupuesto

de Ejecución por Contrata estimado de 188 M. euros.

Tercero.-En las fases posteriores, de proyecto y

ejecución de la obra, se cumplirán además las

siguientes prescripciones y las de aplicación de la

Declaración de Impacto Ambiental, de fecha 15

de enero de 2004:

Se tendrá en cuenta el planeamiento urbanístico

existente en los términos municipales afectados,

indicando su situación administrativa y

determinaciones.

Se mantendrán los contactos oportunos con los

Ayuntamientos y Cámaras Agrarias para la

reposición de caminos y servicios afectados.

Lo que se le comunica para su conocimiento,

haciéndose constar que, según el artículo 109.c de

la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, esta resolución pone fin a la vía

administrativa y contra la misma se puede interponer recurso

potestativo de reposición, ante el Ministro del

Departamento, o bien directamente recurso

contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es,

respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses a

partir del día siguiente al de la publicación de aquella

en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa

formular el recurso contencioso-administrativo

hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del recurso de

reposición interpuesto.

Granada, 1 de marzo de 2004.-El Jefe de la

Demarcación. Fdo.: Domingo Quesada

Martos.-14.496.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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