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Documento BOE-B-2004-101066

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias sobre notificación de actos administrativos en expedientes de resarcimiento de daños a la carretera o a sus elementos funcionales. Expediente número 82/03-D.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 26 de abril de 2004, páginas 3595 a 3596 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2004-101066

TEXTO

Por parte del Servicio de Conservación y

Explotación de la Demarcación de Carreteras del Estado

en Asturias, se ha incoado un expediente de

resarcimiento de daños a la carretera o a sus elementos

funcionales o complementarios, de conformidad con

el artículo 117 del Reglamento General de

Carreteras, aprobado por Real Decreto 1.812/1996, de 2

de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" del 23)

y no habiendo podido ser practicada directamente

la notificación de la liquidación definitiva de los

referidos daños, es preciso acudir al procedimiento

regulado en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del

14), que la modifica, y con el contenido expresado

en el artículo 61 del mismo cuerpo legal, por

entender esta Demarcación de Carreteras que la

publicación íntegra de la propuesta de liquidación podría

lesionar derechos o intereses legítimos de los

causantes.

Nombre y apellidos: Francisco Javier Gómez

Menéndez, número de expediente 82/03-D. La

reso

lución de la liquidación es firme en vía

administrativa, y contra ella cabrá interponer ante este

Servicio un recurso potestativo de reposición en el plazo

de un mes, contado a partir de la presente

publicación, o directamente recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal

Superior de Justicia de Asturias, igualmente

contados a partir de la presente publicación, sin que

pueda interponerse este segundo recurso hasta que

sea resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del primero (artículos 116

y 117 de la Ley 30/1992, en la redacción dada

por la Ley 4/1999). El expediente está a disposición

de los interesados en la Demarcación de Carreteras

del Estado en Asturias, Plaza de España, 3, primero,

en Oviedo.

Oviedo, 1 de abril de 2004.-El Jefe de la

Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias,

D. Agustín Falcón Bascarán.-14.203.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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