En cumplimiento de lo dispuesto por el
artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, por
la presente se notifica a todos los interesados en
el expediente, y a todos aquellos a los que intentada
personalmente la notificación no se ha podido
practicar, y que se relacionan al final, lo siguiente:
Por Orden Ministerial de 9 de octubre de 2003,
la Dirección General de Costas, por delegación de
la Excma. Sra. Ministra y de conformidad con el
Servicio Jurídico, ha resuelto:
I. Aprobar el deslinde de los bienes de dominio
público marítimo-terrestre del tramo de costa de
unos mil novecientos veintisiete (1.927) metros de
longitud, comprendido desde la zona oriental del
faro de Luarca hasta el puente de la antigua N-634,
sobre el río Negro, en el término municipal de
Valdés, según se define en los planos fechados el 27
de junio de 2002.
II. Ordenar a la Demarcación de Costas de este
Departamento en Asturias que inicie las actuaciones
conducentes a rectificar las situaciones jurídicas
registrales contradictorias con el deslinde aprobado.
III. Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar
la correspondiente concesión a aquellos titulares de
terrenos que pudieran acreditar su inclusión en
alguno de los supuestos contemplados en la Disposición
Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas.
Contra la presente resolución que pone fin a la
vía administrativa los interesados en el expediente
que no sean Administraciones Públicas podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición
en el plazo de un (1) mes ante el Excma. Sra.
Ministra de Medio Ambiente o, directamente,
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
(2) meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Las Administraciones Públicas podrán interponer
recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos (2) meses, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio
de poder efectuar el requerimiento previo en la
forma y plazo determinados en el artículo 44 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los plazos serán contados desde el día siguiente
a la práctica de la notificación de la presente
resolución.
Relación que se cita
Villablanca 2000, S.L. C/ Jardines del Principado
1, 3.o B, Oviedo.
Comunidad de Propietarios (C/ del Muelle, 13).
C/ del Muelle, 13, Luarca.
Comunidad de Propietarios (C/ del Muelle, 5).
C/ del Muelle, 5, Luarca.
Promociones Navienses, S.A. C/ Álvaro
Albornoz, 10, Luarca.
Oviedo, 12 de marzo de 2004.-El Jefe de la
Demarcación, Fdo: Ramón Galán Cortés.-&14.770.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid