El Secretario de Estado de Infraestructuras, por
delegación (Resolución Delegación de Atribuciones
de 30 de mayo de 1996), y con fecha 30 de mayo
de 2003, ha resuelto lo siguiente:
1. Declarar que el expediente de información
pública reseñado cumple con lo preceptuado en los
artículos 32, 33, 34, 35 y 60 del Reglamento General
de Carreteras (Real Decreto 1812/1994, de 2 de
septiembre).
2. Aprobar el expediente de información pública
del estudio informativo reseñado.
3. Aprobar definitivamente el estudio
informativo reseñado eligiendo como solución el área de
servicio de Berrocalejo de Aragona: área de servicio
en ambas márgenes en el p.k. 5+800.
4. En los siguientes documentos que desarrollen
la alternativa seleccionada se tendrán en cuenta las
prescripciones siguientes:
4.1 En la ejecución de las obras y en el proyecto
de construcción se deberán cumplir las siguientes
condiciones, establecidas por la Secretaría General
de Medio Ambiente en la Resolución de 27 de
mayo de 2002, además de todas las medidas
correctoras previstas en el estudio de impacto ambiental.
4.2 Se deberá realizar una prospección
arqueológica intensiva en el área afectada por el proyecto
conforme señala la Dirección General de
Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de
Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León.
4.3 Se tomarán las medidas necesarias sobre el
trazado y diseño del tendido eléctrico que sirva al
área para evitar la electrocución de aves, optándose
si fuera posible por la conducción subterránea.
La presente Resolución pone fin a la vía
administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y contra la misma se puede
interponer recurso potestativo de reposición, ante
el Ministro del Departamento, o bien directamente
recurso contencioso-administrativo ante la
Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos
recursos es, respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses
a partir del día siguiente al de la publicación de
aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que
quepa formular el recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de
reposición interpuesto.
Burgos, 6 de abril de 2004.-El Ingeniero Jefe
de la Demarcación, Benedicto Elvira
Llorente.-15.001.
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