Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 26
de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, reguladora
de las Instituciones de Inversión Colectiva, se hace
público:
Que, con fecha 25 de febrero de 2004, el Consejo
de Administración de BanSabadell Inversión, Sociedad
Anónima, Sociedad Gestora de Instituciones de
Inversión Colectiva, Sociedad Unipersonal, como
Sociedad Gestora y que, en fecha 1 de marzo
de 2004, el Consejo de Administración de Banco
de Sabadell, Sociedad Anónima, como Entidad
Depositaria de los fondos SBD Garantía Anual 3,
Fondo de Inversión (fondo absorbente), Herrero
Fonplazo III, Fondo de Inversión (fondo absorbido)
y Herrero Fonplazo IV, Fondo de Inversión (fondo
absorbido), tomaron por unanimidad el acuerdo de
fusión por absorción de los mencionados fondos.
Que, con fecha 5 de abril de 2004, la Comisión
Nacional del Mercado de Valores ha autorizado el
proyecto de fusión de los citados fondos presentado
por dichas entidades, en el que se recoge la fusión
por absorción de los mismos, con disolución sin
liquidación de las instituciones absorbidas y
transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos
a la institución absorbente, que modifica su
denominación por la de Sabadell BS Garantía Fija 3,
Fondo de Inversión y sucede a título universal en
todos sus derechos y obligaciones a las absorbidas.
Que transcurrido el plazo de un mes desde la
fecha de los anuncios o desde la remisión de la
notificación individualizada a los partícipes de los
fondos afectados, si ésta fuera posterior, las
indicadas Sociedad Gestora y Entidad Depositaria
ejecutarán la fusión mediante el otorgamiento del
correspondiente documento contractual y su
inscripción en el correspondiente registro de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la
Ley 35/2003, de 4 de noviembre.
Que, asimismo, los acreedores de los fondos
participantes en la fusión podrán oponerse a la misma
en el plazo de un mes a contar desde la fecha
de publicación del último anuncio de fusión, en
los términos establecidos en el artículo 166 del texto
refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Que, de conformidad con lo establecido en los
artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley
de Sociedades Anónimas, se hace constar, que los
partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar
y obtener, el texto íntegro de los acuerdos adoptados
y del proyecto de fusión.
Sabadell, 13 de abril de 2004.-El Secretario del
Consejo de Administración de BanSabadell
Inversión, Sociedad Anónima, Sociedad Gestora de
Instituciones de Inversión Colectiva, Sociedad
Unipersonal, Carlos Manjarín Albert.-14.926.
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