En cumplimiento de la obligación legal contenida
en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, se notifica a don David Méndez
Martínez, con D.N.I. 02.546.511, con último domicilio
conocido en Calle Canarias, número 68, 6D,
Madrid, el extracto de la resolución dictada en
procedimiento de reintegro por pagos indebidos en la
nómina de la Armada relativo al interesado, por
los motivos siguientes:
Concepto del pago indebido: el interesado
percibió un anticipo de retribuciones ordinario, que
no ha sido reintegrado; a su vez, ha causado baja
en la Armada por finalización del compromiso con
fecha 30 de noviembre de 2001.
Fecha del ingreso del pago indebido: 26 de
diciembre de 2000.
Importe total a reintegrar por pago indebido:
270,30 euros.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo
105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y
en virtud de las competencias atribuidas a esta
Dirección en el punto 5 de la Orden del Ministerio de
Defensa 22/1991, he resuelto anular la transferencia
correspondiente al anticipo efectuado, en lo que
afecta al importe y conceptos indicados
anteriormente y, en consecuencia, declaro indebido el pago
de doscientos setenta euros con treinta céntimos
(270,30) percibidos por el interesado.
La presente resolución es definitiva en vía
administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante mi Autoridad,
en el plazo de un mes, o bien recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses,
en ambos casos a contar desde el día siguiente en
que la misma le sea notificada.
El expediente del presente procedimiento se
encuentra a disposición del interesado en la Sección
de Retribuciones de la Dirección de Asuntos
Económicos de la Armada, Calle Juan de Mena, 1,
28014 Madrid.
Madrid, 20 de abril de 2004.-Por delegación del
Ministro de Defensa (O.M. 4/1996, de 11 de enero
BOE 16), Pedro Fernández Estalayo, Director de
Asuntos Económicos de la Armada.-15.269.
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