La Resolución de la Dirección General de Política
Energética y Minas, del Ministerio de Economía,
de 16 de diciembre de 2002 (Boletín Oficial del
Estado de 16 de enero de 2003), autorizó a la
empresa "Enagás, Sociedad Anónima" la construcción de
las instalaciones del gasoducto denominado
"Alcá
zar de San Juan-Quintanar de la Orden", cuyo
trazado se encuentra comprendido en las provincias
de Ciudad Real y Toledo.
La empresa "Enagás, Sociedad Anónima" ha
solicitado autorización administrativa y aprobación del
proyecto de ejecución para la instalación de una
estación de regulación y medida de gas natural
(E.R.M.), del tipo denominado G-400 y presiones
de referencia 80/45 bar, en la posición K-48 del
citado gasoducto "Alcázar de San Juan-Quintanar
de la Orden", ubicada en el término municipal de
Alcázar de San Juan, en la provincia de Ciudad
Real, y de una estación de regulación y medida
de gas natural (E.R.M.), del tipo denominado G-160
y presiones de referencia 80/45 bar, en la posición
K-50 del citado gasoducto "Alcázar de San
Juan-Quintanar de la Orden", ubicada en el término
municipal de Villacañas, en la provincia de Toledo.
Sometido a información pública el
correspondiente expediente administrativo, en las provincias de
Toledo y Ciudad Real, en el que figuraba el proyecto
técnico de las instalaciones, ha transcurrido el plazo
reglamentariamente establecido sin que se haya
recibido ninguna alegación.
Una vez concluido el referido trámite de
información pública, la Dirección del Área de Industria
y Energía, de la Subdelegación del Gobierno en
Toledo, y la Dependencia del Área de Industria
y Energía, de la Subdelegación del Gobierno en
Ciudad Real, han emitido informe, con carácter
favorable, sobre el expediente relativo a la solicitud
formulada por la empresa "Enagás, Sociedad
Anónima" de autorización administrativa y aprobación
del proyecto para la instalación de las mencionadas
estaciones de regulación y medida de gas natural
en las posiciones K-48 y K-50 del gasoducto
denominado "Alcázar de San Juan-Quintanar de la
Orden", ubicadas en los términos municipales de
Alcázar de San Juan, en la provincia de Ciudad
Real, y de Villacañas, en la provincia de Toledo,
respectivamente.
Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector
de Hidrocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de
27 de diciembre, por el que se regulan las actividades
de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de gas natural (Boletín Oficial del Estado
de 31 de diciembre de 2002); el Real
Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula
el acceso de terceros a las instalaciones gasistas
y se establece un sistema económico integrado en
el sector del gas natural (Boletín Oficial del Estado
de 7 de septiembre de 2001); y la Orden del
Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974,
por la que se aprueba el Reglamento de Redes y
Acometidas de CombustiblesGaseosos, modificada
por Órdenes del Ministerio de Industria y Energía
de 26 de octubre de 1983, de 6 de julio de 1984,
9 de marzo de 1994 y de 29 de mayo de 1998
(Boletines Oficiales del Estado de 6 de diciembre
de 1974, de 8 de noviembre de 1983, de 6 de
julio de 1984, de 21 de marzo de 1994, y de 11
de junio de 1998, respectivamente).
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto otorgar la autorización
administrativa y aprobación del proyecto de detalle
solicitadas por la empresa "Enagás, Sociedad Anónima"
para la instalación de una estación de regulación
y medida de gas natural (E.R.M.), del tipo
denominado G-400 y presiones de referencia 80/45 bar,
en la posición K-48 del gasoducto "Alcázar de San
Juan-Quintanar de la Orden", ubicada en el término
municipal de Alcázar de San Juan, en la provincia
de Ciudad Real, y para la instalación de una estación
de regulación y medida de gas natural (E.R.M.),
del tipo denominado G-160 y presiones de
referencia 80/45 bar, en la posición K-50 del gasoducto
"Alcázar de San Juan-Quintanar de la Orden",
ubicada en el término municipal de Villacañas, en la
provincia de Toledo.
La presente autorización se otorga al amparo de
lo previsto en el Título IV del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de gas natural; y con
arreglo a las condiciones que figuran a continuación.
Primera.-La presente resolución se refiere a las
instalaciones contempladas en el documento técnico
denominado "Adenda n1 al Proyecto de
Autorización de Instalaciones. Gasoducto Alcázar de San
Juan-Quintanar de la Orden", presentado por la
empresa Enagás, Sociedad Anónima, que se
encuentran comprendidas en el ámbito de aplicación del
citado Reglamento de Redes y Acometidas de
Combustibles Gaseosos Gaseosos y de sus Instrucciones
Técnicas Complementarias.
Las principales características básicas de las
instalaciones previstas en el referido documento
técnico son las que se indican a continuación.
En la posición denominada K-48 del gasoducto
Alcázar de San Juan-Quintanar de la Orden, ubicada
en el término municipal de Alcázar de San Juan,
en la provincia de Ciudad Real, se instalará una
estación de regulación y medida de gas natural
(E.R.M.), como instalación complementaria del
citado gasoducto.
La citada estación de regulación y medida de gas
natural (E.R.M.), del tipo denominado G-400, tiene
como objeto la regulación de la presión y la medición
de los caudales de gas en tránsito hacia el ramal
de distribución y suministro de gas natural que
tendrá origen en dicha posición de línea del gasoducto
(Red de Alcázar de San Juan).
La estación de regulación y medida cumplirá las
características de las instalaciones estandarizadas
para la medida del caudal de gas natural que
alimentan a las redes conectadas al gasoducto
principal, y estará constituida por dos líneas idénticas,
dispuestas en paralelo, actuando una de ellas como
línea de reserva, con posibilidad de ampliación a
una tercera, equipadas con contadores de
turbina, con capacidad para un caudal máximo de
30.940 m3(n)/h por línea. La presión máxima de
servicio de entrada del gas natural a la E.R.M. será
de 80 bar, mientras que la presión de salida estará
regulada a 45 bar.
En la posición denominada K-50 del gasoducto
Alcázar de San Juan-Quintanar de la Orden, ubicada
en el término municipal de Villacañas, en la
provincia de Toledo, se instalará una estación de
regulación y medida de gas natural (E.R.M.), como
instalación complementaria del citado gasoducto.
La citada estación de regulación y medida de gas
natural (E.R.M.), del tipo denominado G-160, tiene
como objeto la regulación de la presión y la medición
de los caudales de gas en tránsito hacia el ramal
de distribución y suministro de gas natural que
tendrá origen en dicha posición de línea del gasoducto
(Red de Villacañas).
La estación de regulación y medida cumplirá las
características de las instalaciones estandarizadas
para la medida del caudal de gas natural que
alimentan a las redes conectadas al gasoducto
principal, y estará constituida por dos líneas idénticas,
dispuestas en paralelo, actuando una de ellas como
línea de reserva, con posibilidad de ampliación a
una tercera, equipadas con contadores de
turbina, con capacidad para un caudal máximo de
11.900 m3(n)/h por línea. La presión máxima de
servicio de entrada del gas natural a la E.R.M. será
de 80 bar, mientras que la presión de salida estará
regulada a 45 bar.
Cada una de las líneas de las citadas E.R.M. se
puede considerar dividida en los siguientes módulos
funcionales: filtración, calentamiento y regulación
de temperatura, regulación de presión, y medición
de caudal.
En las mencionadas posiciones K-48 y K-50 del
gasoducto Alcázar de San Juan-Quintanar de la
Orden también se incluirá sistema de odorización
de gas. Asimismo se dispondrán los
correspondientes colectores de entrada y salida de gas a las líneas
de regulación y medida de la estación, los equipos
auxiliares y complementarios de la misma, y
elementos de instrumentación de presión, temperatura
y caudal, de detección de gas y de detección y
extinción de incendios, así como de maniobra, telemedida
y telecontrol, necesarios para el adecuado
funcionamiento, vigilancia y supervisión de la estación.
Segunda.-El plazo máximo para la puesta en
servicio de las instalaciones que se autorizan será de
10 meses, contados a partir de la fecha de la presente
Resolución. El incumplimiento del citado plazo dará
lugar a la extinción de esta autorización de
instalaciones, salvo prórroga por causas justificadas.
Tercera.-Para introducir ampliaciones o
modificaciones en las instalaciones que afecten a los datos
fundamentales o a las características técnicas básicas
de las mismas será necesario obtener autorización
administrativa y aprobación del proyecto de detalle
de las instalaciones de esta Dirección General de
Política Energética y Minas, de conformidad con
lo previsto en el artículo 70 del Real
Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se
regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de gas natural.
Cuarta.-Con la salvedad de lo señalado en las
condiciones anteriores, a la presente autorización
de instalaciones le será de aplicación lo previsto
en el condicionado de la Resolución de la Dirección
General de Política Energética y Minas, del
Ministerio de Economía, de 16 de diciembre de 2002,
por la que se autorizó a la empresa "Enagás,
Sociedad Anónima" la construcción de las instalaciones
del gasoducto denominado "Alcázar de
SanJuan-Quintanar de la Orden", anteriormente citada.
Contra la presente Resolución podrá interponerse,
en el plazo de un mes, Recurso de alzada ante el
Excmo. Sr. Secretario de Estado de la Energía,
Desarrollo Industrial y de la Pequeña y Mediana
Empresa, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y en la
Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Madrid, 13 de abril de 2004.-La Directora
General de Política Energética y Minas, Carmen Becerril
Martínez.-16.953.
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