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El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, resolviendo el recurso de alzada interpuesto
por Comunidad de Regantes del Arroyo
Zahurdones, contra fallo del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Andalucía, de fecha 31 de
octubre de 2002, dictado en la reclamación número
29/0623/01, contra el acuerdo aprobatorio de la
tarifa de utilización del agua del embalse de La
Viñuela, correspondiente al año 2000, acuerda
estimar en parte el recurso y revocar la resolución del
Tribunal Económico-Administrativo Regional de
Andalucía, Sala de Málaga, y el acuerdo aprobatorio
de la tarifa de utilización del agua del embalse de
La Viñuela para el año 2000, disponiendo su
sustitución por otro en el que queden excluidos los
gastos de inversión, por importe de 924 millones
de pesetas y los gastos comerciales, cuantificados
en 450 millones de pesetas.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 30 de abril de 2004.-El Vocal Jefe de
la Sección Novena, María José Garijo
Ayestarán.-18.384.
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