A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de
7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, en el
Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por
el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de gas
natural, y en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en relación con los artículos 17
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento (Decreto de 26
de abril de 1957), se somete a información pública
la solicitud señalada, que se detalla a continuación:
Peticionario: "Enagás, S.A.". P.o de los Olmos,
n.o 19, 28005 Madrid.
Objeto de la petición:
En el año 2000 la entidad Enagás, S.A. fue
nombrada Gestor Técnico del Sistema Gasista en
cumplimiento del Real Decreto 6/2000, de 23 de julio,
por ser aquel transportista titular de la mayoría de
las instalaciones de la Red Básica de Gasoducto.
(RBG) y como responsable del de la gestión de
la red básica y de transporte secundario de gas
natural, tiene que garantizar la continuidad y seguridad
del suministro de gas natural.
Objeto del proyecto:
Enagás, S.A. tiene en operación el Gasoducto
Derivación a Manoteras y su desdoblamiento, y
entre las Pos. 18.01 y 18.02 en el p.k.ZZ 11,100 se
requiere diseñar una nueva posición Pos. 18.01.X
con una EM G-100 de 13.870 m3 (n)/h, así como
sus instalaciones de conexión con el gasoducto y
LEAT 15/20 KV y CT de 50 KVA, de suministro
a dichas instalaciones.
Presión máxima de servicio: Entrada a 72 bar.
Situación: La "Nueva posición 18.01X para punto
de entrega de gas natural con EM-100" del
gasoducto Derivación a Manoteras y sus instalaciones
auxiliares se encuentra situada en el termino
municipal de Alcobendas, en la provincia de Madrid.
Presupuesto de las instalaciones: 379.916 euros.
Expropiaciones: Se adjunta relación de bienes y
derechos afectados.
Afecciones a fincas privadas:
La afección a fincas de propiedad privada derivada
de la construcción del proyecto se concreta en la
siguiente forma:
Uno. Expropiación forzosa de los terrenos sobre
los que han de construir las instalaciones fijas en
superficie.
Dos. Para las canalizaciones:
a) Servidumbre permanente de paso en una
franja de terreno de cuatro metros de ancho, dos
a cada lado del eje, a lo largo del trazado, por
donde discurrirá enterrado el gasoducto. Asimismo
se instalarán en esta franja sus elementos accesorios
y de señalización, estando sujeta a las siguientes
limitaciones:
1. Prohibición de efectuar trabajos de arada,
cava y otros análogos a una profundidad superior
a los 50 centímetros, así como de plantar árboles
o arbustos de tallo alto, a una distancia inferior
a dos metros a contar desde el eje de la tubería.
2. Prohibición de realizar cualquier tipo de
obras, construcción, edificación o efectuar acto
alguno que pudiera dañar o perturbar el buen
funcionamiento del gasoducto y sus elementos anejos, a
una distancia inferior a diez metros del eje del
trazado. Esta distancia podrá reducirse siempre que
se solicite expresamente y se cumplan las
condiciones que, para cada caso, fije el órgano competente
de la Administración.
3. Libre acceso del personal y elementos
necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o
renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los
daños que se ocasionen.
4. Posibilidad de instalar los hitos de
señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así
como de realizar las obras superficiales o
subterráneas que sean necesarias para la ejecución o
funcionamiento de las instalaciones.
b) Ocupación temporal como necesidad
derivada de la ejecución de las obras, donde se hará
desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se
realizarán las obras necesarias para el tendido e
instalación de la canalización y elementos anexos,
ejecutando los trabajos y operaciones precisas a
dichos fines.
Tres. Para las líneas eléctricas:
a) Servidumbre permanente de paso en una
franja de 1 metro a cada lado del eje de la línea
y en todo el trazado que implicará:
Libre acceso del personal y elementos necesarios
para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las
instalaciones con pago, en su caso, de los daños
que se ocasionen.
Prohibición de plantar árboles o arbustos de tallo
alto y efectuar movimientos de tierra a una
profundidad superior a 0,80 metros.
Prohibición de levantar edificaciones o
construcciones de cualquier tipo aunque tengan carácter
provisional o temporal ni efectuar acto alguno que
pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento de
la línea.
b) Ocupación temporal durante el período de
ejecución de las obras en una franja o pista en
la que se hará desaparecer todo obstáculo.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente de los propietarios de terrenos y
demás titulares afectados, cuya relación se inserta
al final de este anuncio, para que pueda ser
examinado el proyecto en el Área Funcional de
Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en
Madrid, sita en Madrid, calle García de Paredes,
65 (C.P. 28071) (en horario de 9:00 a 14:00 horas
de lunes a viernes) y se puedan presentar por
triplicado ejemplar en dicho centro las alegaciones
que consideren oportunas en el plazo de veinte días
a partir del siguiente al de la inserción de este
anuncio.
Madrid, a 3 de mayo de 2004.-El Director del
Área de Industria y Energía, Salvador Ortiz Garcés
de los Fayos.-22.159.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por instalaciones auxiliares
Proyecto: 2059-Nueva Pos. 18.01X PEGN EM G-100 Provincia: M-Madrid. Municipio: AD-Alcobendas
Afección D. Catastro
Finca n.o Titular y domicilio SE
-m2
SP
-ml
OT
-m2 Pol. Parc.
Naturaleza
M-AD-100 LE A.E.N.A. Plan Barajas-Carretera M-110 de Barajas Alcobendas, km 3,5-Madrid ...... 4,0 47,0 200 14 225 Labor secano.
M-AD-100 PO A.E.N.A. Plan Barajas-Carretera M-110 de Barajas Alcobendas, km 3,5-Madrid ...... 1.722,0 0,0 0 14 225 Labor secano.
M-AD-101 LE A.E.N.A. Plan Barajas-Carretera M-110 de Barajas Alcobendas, km 3,5-Madrid ...... 0,0 25,0 100 14 147 Camino.
M-AD-102 LE Canal de Isabel II-C/ Santa Engracia, 125-Madrid ........................................... 0,0 4,0 16 - - Canal.
M-AD-103 LE C.A.M. Consejería de Transportes. Dirección Gral. de Carrete. C/ Orense, 60-Madrid ... 4,0 10,0 48 - - Carretera.
Abreviaturas utilizadas: SE-Superficie a expropiar, SP-Servidumbre de paso, OT-Ocupación temporal, POL-Polígono, PAR-Parcela.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por servidumbre de paso
Proyecto: 2059-Nueva Pos. 18.01X PEGN EM G-100 Provincia: M-Madrid. Municipio: AD-Alcobendas
Afección D. Catastro
Finca n.o Titular y domicilio SP
-ml
OT
-m2 Pol. Parc.
Naturaleza
M-AD-100 A.E.N.A. Plan Barajas-Carretera M-110 de Barajas Alcobendas, km 3,5-Madrid ............... 6,0 160 14 225 Labor secano.
Abreviaturas utilizadas: SP-Servidumbre de paso, OT-Ocupación temporal, POL-Polígono, PAR-Parcela.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid