Al no haberse podido practicar la notificación
personal a los interesados, conforme dispone el
artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y
en aplicación de lo dispuesto en el mismo artículo,
deben publicarse a efectos de notificación, los
acuerdos de inicio-tasas de expedientes de revocación
de ayudas al estudio.
Durante el plazo de 15 días, a contar desde el
siguiente al de la publicación de este anuncio, los
interesados tendrán a su disposición los expedientes,
para que de acuerdo con el artículo 84 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
aleguen y presenten los documentos y justificantes que
estimen pertinentes ante la Subdirección General
de Becas y Promoción Educativa (Sección de
Verificación y Control) teléfono 913778373. C/
Torrelaguna, 58 28027 Madrid.
Concepto: Revocación de ayudas al estudio. Acuerdos
de inicio-tasas
Nombre y apellidos: Mrabbih Bouchraqui. NIF:
X2122709Q. Importe: 374,73. Curso: 2001/02.
Responsable solidario: Yazidi Fatma. NIF:
X1555773F. Domicilio: Urb. Maoulay Rachid, 8.
Localidad y Provincia: Layun (Marruecos).
Madrid, 10 de mayo de 2004.-La Subdirectora
General de Becas y Promoción Educativa, Amalia
I. Gómez Rodríguez.-21.964.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid