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Documento BOE-B-2004-126093

Resolución del Director del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Huesca por la que se autoriza y declara en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica Línea aérea M.T. a S.E.T. AVE Peñalba en Peñalba (Huesca), de referencia AT-142/2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 25 de mayo de 2004, páginas 4574 a 4575 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-B-2004-126093

TEXTO

Visto el expediente incoado en este Servicio

Provincial de Industria, Comercio y Turismo, a petición

de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., con

domicilio en San Miguel, 10, Zaragoza, solicitando

autorización y declaración en concreto de utilidad

pública para el establecimiento de línea aérea M.T. a

S.E.T. AVE Peñalba en Peñalba (Huesca),

cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el

artículo 53 de la Ley 54/97, de 27 de noviembre,

del Sector Eléctrico.

Este Servicio Provincial ha resuelto lo siguiente:

1.o Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución

a Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., la

instalación eléctrica emplazada en Peñalba, cuyas

características se reseñan.

2.o Declarar en concreto la utilidad pública de

la instalación eléctrica que se autoriza, lo cual según

lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 54/97, de

27 de noviembre, del Sector Eléctrico, lleva implícita

la urgente ocupación de los bienes y derechos

afectados necesarios para el establecimiento y

conservación de las instalaciones a los efectos señalados

en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Finalidad de la instalación: Suministro a servicios

auxiliares de la Subestación "AVE Peñalba" en

Peñalba (Huesca)

Características:

Línea aérea M.T., de 25 kV, con origen en apoyo

número 10, existente, de la línea aérea M.T

"Bujaraloz-Peñalba" y final en apoyo número 30, fin

de línea de la línea aérea M.T a S.E.T. "Ave

Peñalba", de 4,946 km. de longitud, conductores LA-56,

apoyos de hormigón y metal.

La servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica

comprenderá:

A) El vuelo sobre el predio sirviente.

B) El establecimiento de postes, torres o apoyos

fijos para la sustentación de los cables conductores

de energía eléctrica e instalación de puestas a tierra

de dichos postes, torres o apoyos fijos.

C) El derecho de paso o acceso para atender

al establecimiento, vigilancia, conservación,

reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si

fuera necesario.

D) La ocupación temporal de terrenos u otros

bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados

en el apartado C) anterior.

En todo caso, y para las líneas eléctricas aéreas,

queda limitada la plantación de árboles y prohibida

la construcción de edificios e instalaciones

industriales en la franja definida por la proyección sobre

el terreno de los conductores extremos en las

condiciones más desfavorables, incrementada con las

distancias reglamentarias a ambos lados de dicha

proyección.

Relación concreta e individualizada de bienes

y derechos afectados

Finca número 1.

Propietario afectado: José y María Rozas Beltrán.

Domicilio: Plaza Mayor, 1, 50177 Bujaraloz

(Zaragoza).

Finca afectada: Polígono 4, sector 2, parcela 49,

del término municipal de Peñalba (Huesca).

Cultivo: Cereal.

Afección: Vuelo de los conductores y servidumbre

de paso en una longitud de 340 metros, con una

distancia entre conductores de 1,20 m.

340 ^ 1,20 = 410 m2.

Apoyos números 26, 27 y 28, de 2,46 m2.

Servicio Provincial. Gobierno de Aragón.

Departamento de Industria. Comercio y Turismo.

Plaza Cervantes, 1, planta baja, 22002 Huesca.

Teléfono 974 29 31 41.

Fax 974 29 30 73 www.aragob.es

Relación concreta e individuallzada de bienes

y derechos afectados

Finca número 1.

Finca número 2.

Propietario afectado: Máxima Beltrán Rebled.

Domicilio: Marconi, 1, 50011 Zaragoza.

Finca afectada: Polígono 4, sector 2, parcela 10,

del término municipal de Peñalba (Huesca).

Cultivo: Cereal.

Afección: Vuelo de los conductores y servidumbre

de paso en una longitud de 30 metros, con una

distancia entre conductores de 2 metros

30 ^ 2 = 60 m2.

La presente autorización se otorga sin perjuicio

e independientemente de las autorizaciones,

licencias o permisos de competencia municipal,

provincial y otras, necesarias para la realización de las

instalaciones.

Contra la presente Resolución, que no pone fin

a la vía administrativa, podrá interponerse recurso

de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio

y Turismo en el plazo de un mes, contado a partir

del día de su notificación (o publicación en el Boletín

Oficial del Estado y Boletín Oficial de la Provincia,

en su caso), sin perjuicio de que el interesado pueda

interponer cualquier otro recurso que estime

procedente.

Huesca, 7 de mayo de 2004.-El Director del

Servicio Provincial, Tomás Peñuelas Ruiz.-23.600.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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