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Examinado el expediente relativo a la declaración
como recurso de la Sección B) de la escombrera
ubicada en la concesión de explotación "España"
n.o 1.807 en el paraje "Charca de la Raposa" del
término municipal de Carrascal de Barregas, en la
provincia de Salamanca, a propuesta de la Dirección
General de Energía y Minas, y, por Orden de 28
de agosto de 2003, el Excmo. Sr. Consejero de
Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León,
ha resuelto:
Clasificar como recurso de la Sección B) la
escombrera ubicada en la concesión de explotación
"España" n.o 1.807, con una superficie de 2,09 Has.,
en terrenos pertenecientes a la finca Charca de la
Raposa, en el término municipal de Carrascal de
Barregas, en la provincia de Salamanca.
La presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en
reposición ante el Consejero de Economía y Empleo
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente
al de su notificación, conforme a lo dispuesto en
los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o ser impugnada directamente
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León
en el plazo de dos meses contados también desde
el día siguiente a la recepción de la notificación,
en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Salamanca, 17 de noviembre de 2003.-El Jefe
del Servicio Territorial de Industria, Comercio y
Turismo, P.D. (Resolución 12.06.02, BOCYL
28-06-02), Emilio Rodríguez Vicente.-25.157.
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